Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-2264)
BOP-2024-2264 Bases Reguladoras de la Convocatoria Pública de Subvenciones destinadas a las Asociaciones de Vecinos/as en la Ciudad de Cáceres para el año 2024.
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A) Representatividad e impacto de la actuación
1.- Se computará el nº de socios de la asociación inscritos y se asignará
proporcionalmente con respecto al siguiente baremo:
 Menos de 100 socios/as: 2 puntos
 Menos de 200 socios/as: 5 puntos
 Entre 200 y 400 socios/as será el resultado de aplicar la siguiente fórmula: nº de
socios dividido por 40.
 Más de 401 socios/as: 10 puntos.
2.- Población destinataria de las actuaciones:
- Población de la barriada inferior a 1.000 habitantes: 5 puntos.
- Población de más de 1000 habitantes será el resultado de aplicar la siguiente
formula nº de habitantes dividido por 200 hasta un máximo de 10 puntos.
La puntuación referida en este apartado se dividirá por dos en el caso de asociaciones con un
número de socios inferior a 100.
B).- Grado de interés o utilidad ciudadana y capacidad económica autónoma
Se valorará el proyecto de actuaciones del año en curso así como las actuaciones realizadas
en el año anterior con arreglo a la siguiente ponderación:
Proyecto de actividades de 0 a 60 puntos ponderando la realización de las diferentes
actividades previstas en esta modalidad según los siguientes criterios y ponderación
 Realización de proyectos de formación para eliminar brecha digital. El proyecto de la misma será
valorado hasta un máximo de 10 puntos.
 Realización de otros eventos recreativos basado en los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).
El proyecto de la misma será valorado hasta un máximo de 10 puntos.
 Participación en actuaciones realizadas por la Concejalía de Participación Ciudadana y Barrios
hasta un máximo de 10 puntos ( participación en Consejos de Distrito, en Consejo de
Relaciones Vecinales, en actividades de formación, jornadas, talleres … etc)
 Realización de eventos culturales y recuperación de tradiciones de Cáceres. 10 puntos
 Realización de actividades presentado por dos o más asociaciones del mismo Distrito
(actividades comunitarias). 10 puntos
 Memoria de actuaciones año anterior de 0 a 10 puntos, ponderando la realización de las
diferentes actividades, realización de asambleas de las entidades,…
Los criterios generales de valoración de la actividad serán las previstas en la ordenanza
general de subvenciones del Ayuntamiento de Cáceres (Interés general de la actividad y beneficio
para los vecinos, Importancia y carácter público de la actividad, déficit de actividades análogas,
CVE:
BOP-2024-2264
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de abril de 2024
N.º 0081
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