Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-2246)
BOP-2024-2246 Bases para la provisión de 2 puestos de Oficial de Policía Local en régimen de Comisión de Servicios Voluntaria, mediante el procedimiento de Concurso de Méritos.
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II. FORMACION
1. Cursos (Puntuación máxima del apartado 12 PUNTOS).
La puntuación máxima de este apartado se realizará de acuerdo a la siguiente
distribución:
a) Por haber participado en calidad de alumno en cursos impartidos en centros
oficiales expedidos por cualquier Administración Pública, Universidades, Sindicatos
siempre que los cursos se encuentren adscritos a los Programas de formación
continua de la FEMP o delegaciones autonómicas, así como por Academias
Autonómicas o Municipales de la Policía Local o de los Cuerpos de Seguridad del
Estado y las materias estén relacionadas directamente con el puesto de Oficial de la
Policía Local.
Los cursos se valorarán conforme a la siguiente puntuación:
Número de horas Puntuación
Menos de 10 o no especifica número de horas o créditos 0,10
Seminarios, conferencias, simposios… de un día 0,10
De 10 a 20 0,15
De 21 a 50 0,20
De 51 a 75 0,25
De 76 a 100 0,30
De 101 a 150 0,40
De 151 a 200 0,50
De más de 200 0,70
Máster oficial o curso de postgrado 1,00
- Materias transversales. Puntuación máxima del apartado 0,50 puntos:
- Cursos en Prevención de Riesgos Laborales: máximo de 0,25 puntos.
- Cursos en Igualdad: máximo de 0,25 puntos.
Los Diplomas o Certificados acreditativos de materias transversales, se puntuarán con
el mismo criterio establecido para el resto de cursos de formación, hasta el máximo de
puntos de las materias transversales.
Cuestiones genéricas.
Cuando el cómputo horario expresado en los documentos que lo justifiquen venga
expresado en créditos, se entenderá que cada crédito equivale a 10 horas, excepto si
son ECTS que computarán como 25 horas.
En aquellos cursos que contengan formación en orden secuencial (primera y segunda
parte; curso básico y avanzado, etc..) se valorarán según la carga lectiva de cada
curso, de forma independiente.
Los cursos con distintos módulos o especialidades, así reflejados en el documento
aportado, se valorarán exclusivamente en la parte de la carga lectiva relacionada con
el puesto de trabajo.
CVE:
BOP-2024-2246
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 26 de abril de 2024
N.º 0080
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