Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cedillo. (BOP-2024-2226)
BOP-2024-2226 Implantación Carrera Profesional Horizontal en la Plantilla de Empleados/as Públicos/as.
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tiempo de ejercicio profesional. Este nivel no estará retribuido.
También se aplicará este régimen a quienes en lo sucesivo, durante la vigencia de este
régimen retributivo, adquieran la fijeza como funcionario/a o laboral en virtud de las
convocatorias de ofertas públicas de empleo del Ayuntamiento de Cedillo o de provisión de
puestos de trabajo.
El procedimiento para el acceso a los niveles siguientes de carrera profesional horizontal será
el siguiente:
1. Aquellos empleados/as públicos/as que consideren que reúnen el requisito mínimo de
trayectoria profesional, requerido para cada uno de los niveles, según el cuadro anterior, así
como los méritos necesarios, podrán solicitar el reconocimiento del nivel correspondiente,
adjuntando a la solicitud los documentos justificativos que lo amparen.
2. La comisión contemplada en el apartado siguiente será la encargada de establecer los
criterios necesarios que, junto con el tiempo mínimo de ejercicio, sean precisos para el
reconocimiento de cada nivel.
Esta comisión también será la encargada de evaluar cada una de las solicitudes a la vista de la
documentación presentada, pudiendo recabar cuantos informes entienda necesarios para la
correcta valoración de los méritos. Así mismo podrá requerir al/a solicitante la aclaración o
matización de cuantas dudas pudieran surgir en el procedimiento de valoración.
En función de todo lo acordado, la comisión elevará la propuesta vinculante relativa al acceso o
no acceso al nivel solicitado en el plazo máximo de un mes desde la presentación de la
solicitud, haciendo constar la fecha de evaluación que tendrá efectos desde dicha
presentación.
3. El Ayuntamiento en el plazo máximo de un mes dictará resolución correspondiente que será
notificada al/a interesado/a y al departamento de personal.
Si la propuesta es positiva, emitirá un documento que servirá al/a interesado/a para acreditar el
nivel de carrera horizontal alcanzada, así como, en su caso, para la percepción del
complemento retributivo correspondiente a su carrera profesional horizontal.
Si la propuesta es negativa, el/a empleado/a público/a podrá solicitar una nueva evaluación
transcurrido un año desde la notificación de la evaluación desfavorable.
Sexto. A efectos de la adecuada valoración de los requisitos y méritos necesarios para el
CVE:
BOP-2024-2226
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 26 de abril de 2024
N.º 0080
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