Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cedillo. (BOP-2024-2226)
BOP-2024-2226 Implantación Carrera Profesional Horizontal en la Plantilla de Empleados/as Públicos/as.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Cedillo
ANUNCIO. Implantación Carrera Profesional Horizontal en la Plantilla de
Empleados/as Públicos/as.
El pleno del Ayuntamiento de Cedillo, en sesión de fecha 19 de abril de 2024, a la vista del
documento elevado al mismo por la Mesa de Negociación sobre el acuerdo alcanzado para la
implantación de la carrera profesional horizontal en la plantilla de empleados/as públicos/as de
este ayuntamiento, ha adopta, por unanimidad de los/as presentes, el siguiente acuerdo:
IMPLANTACIÓN CARRERA PROFESIONAL HORIZONTAL EN LA PLANTILLA DE
EMPLEADOS/AS PÚBLICOS/AS DE ESTE AYUNTAMIENTO.
Primero. El objeto del presente acuerdo es la implantación de la carrera profesional en el
Ayuntamiento de Cedillo, de conformidad con lo establecido por el Texto Refundido del
Estatuto Básico del/a Empleado/a Público/a aprobado por el Real Decreto 5/2015, de 30 de
octubre, y la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura.
A tenor de lo dispuesto en el artículo 105 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública
de Extremadura, la implantación de la carrera profesional horizontal del personal funcionario de
carrera y empleados/as laborales fijos/as de las administraciones públicas de Extremadura
consiste en el reconocimiento individualizado del desarrollo profesional alcanzado sin
necesidad de cambiar de puesto de trabajo, a través de la progresión en el sistema de niveles
consecutivos.
La progresión en este sistema de niveles se efectuará tras la valoración de la trayectoria y
actuación profesional, de la calidad de los trabajos realizados, de los conocimientos adquiridos
y de los resultados de la evaluación del desempeño, así como de otros méritos y aptitudes que
puedan establecerse en razón de la especialidad de la función desarrollada y la experiencia
adquirida, obteniendo con ello una mejora en la gestión de los servicios públicos y atención al/a
ciudadano/a.
Segundo. Podrá progresar profesionalmente en su carrera administrativa horizontal el personal
al servicio de este Ayuntamiento que tenga la condición de funcionario/a de carrera, laboral
CVE:
BOP-2024-2226
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 26 de abril de 2024
N.º 0080
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