Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcántara. (BOP-2024-2076)
BOP-2024-2076 Ayudas para garantizar a los/as ciudadanos/as los suministros mínimos vitales.
11 páginas totales
Página
AYUNTAMIENTO DE ALCÁNTARA
(CÁCERES)
La Resolución dictada será notificada a las personas interesadas para su
conocimiento y efectos, indicando plazo para la justificación de la ayuda.
Las ayudas concedidas se abonarán a través de transferencia bancaria a la
cuenta corriente de la compañía de suministro que emite la factura impagada.
Las personas beneficiarias de ayudas económicas estarán obligadas a
presentar la documentación justificativa de la ayuda concedida. Esta
documentación consistirá en la aportación de facturas oficiales u otra
documentación acreditativa del gasto, y el justificante de pago de las mismas si
fuesen ellas quien realiza el pago.
OCTAVA.- PAGO DE LA AYUDA PARA SUMINISTROS MÍNIMOS VITALES.
Una vez recaída resolución favorable, el abono de la ayuda se realizará
directamente a la entidad, pública o privada, suministradora de la energía
eléctrica, el gasto natural y/o del agua potable, con excepción del gas butano
que se abonará directamente al beneficiario previa presentación de la factura
acreditativa del gasto.
NOVENA.- FINANCIACIÓN, CRÉDITO PRESUPUESTARIO Y CUANTÍA
El importe total de las ayudas es de 10717,82 €, que se imputarán a la partida
a la aplicación presupuestaria 231.480.01
DÉCIMA.- PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN
El plazo de resolución y notificación será de 6 meses. El vencimiento del plazo
máximo sin que se haya dictado y notificado la resolución legitima a los
interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud
de concesión de la subvención.
En los supuestos en que la persona beneficiaria incumpliese cualquiera de los
requisitos y obligaciones establecidos en las presentes disposiciones, incluida
la justificación de las mismas, vendrá obligada a reintegrar el importe de las
cantidades indebidamente percibidas o no aplicadas al fin que motivó su
concesión, todo ello sin perjuicio de las demás acciones que, en su caso,
procedan.
Ayuntamiento de Alcántara
Plaza de España, 1, Alcántara. 10980 (Cáceres). Tfno. 927390002.
Cód.
Validación:
97QQ5T45TJRN4N5AAPW57T6XW
Verificación:
https://alcantara.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
8
de
10
CVE:
BOP-2024-2076
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 19 de abril de 2024
N.º 0076
Pág. 9123