Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-1968)
BOP-2024-1968 Bases convocatoria subvenciones Festivales y Efemérides 24.
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El órgano instructor elaborará un informe previo de evaluación de las solicitudes, donde deberá
constar las entidades que han subsanado y los motivos de subsanación, y la acreditación de
que los solicitantes cumplen todos los requisitos para poder acceder a las ayudas solicitadas.
COMISIÓN DE VALORACIÓN.
Se creará una Comisión de Valoración que llevará a cabo la selección de las solicitudes, de
acuerdo con los criterios de valoración establecidos en la Base Séptima, y dentro del crédito
presupuestario disponible.
La Comisión tendrá carácter de órgano colegiado, a los efectos de lo establecido en la Ley de
Procedimiento Administrativo Común y la Ley General de Subvenciones.
Su composición será la siguiente:
Presidente/a: el Diputado/a del Órgano Gestor, o Diputado/a en quien delegue.
Vocales: un Diputado/a por cada Grupo Político constituido en la Corporación, El
Director o Jefe de Área gestor del crédito al que se impute la subvención o competente
por razón de la materia, el Jefe del Servicio o Unidad responsable de la gestión del
expediente y un empleado público de dicho Servicio o Unidad, técnico especializado en
la materia.
Secretario/a: sin voto, que en todo caso deberá ser empleado público de la Diputación.
Si al llevar a cabo la concesión de las ayudas, se produjese un remanente en la aplicación
presupuestaria, para ajustes en el reparto, y dado que ninguna entidad beneficiaria puede
recibir un importe mayor de lo solicitado, los remanentes que pudieran darse por esta
circunstancia o por cualesquiera otras se repartirán, respetando siempre el límite de la cantidad
solicitada y la consignación presupuestaria para la suma total de las subvenciones, de acuerdo
con el siguiente criterio:
Proporcionalmente a la puntuación obtenida, siempre que no sobrepase el 50% del
presupuesto presentado por el/la solicitante, ni la cantidad máxima establecida para
esta ayuda.
El órgano instructor, a la vista del expediente y del acta emitida por la comisión de valoración,
formulará propuesta de resolución provisional debidamente motivada, que deberá notificarse a
los interesados a través de la sede electrónica, y se concederá un plazo de diez días para
presentar alegaciones.
CVE:
BOP-2024-1968
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 16 de abril de 2024
N.º 0073
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