Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montánchez. (BOP-2024-1961)
BOP-2024-1961 Exposición al público del Estudio de Viabilidad Económica Financiera y aprobación de la gestión indirecta del "Bar de la Piscina Municipal de Montánchez."
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ESTUDIO DE VIABILIDAD ECONÓMICO-FINANCIERA DE LA CONCESIÓN
DE SERVICIOS DE EXPLOTACIÓN BAR CASA DE LA PISCINA EN EL MUNICIPIO
DE MONTÁNCHEZ.
1. Objeto y justificación del estudio.
El presente estudio constituye una actuación previa a la contratación de la
concesión del servicio de explotación de “Bar Piscina”, en la localidad de Montánchez.
Actualmente el servicio de concesión se lleva sin ejecutar desde la temporada de
baños de 2022.
Se redacta el presente estudio de viabilidad económico-financiera, al objeto de evaluar
viabilidad técnica y económica de volver a externalizar esta actividad, con la finalidad de
optimizar su gestión económica y mejorar la prestación del servicio público.
El presente Estudio de Viabilidad Económico-Financiera se redacta de conformidad
con la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP), norma que
exige que en los contratos de concesión de servicios, la tramitación del expediente vaya
precedida de la realización y aprobación de un estudio de viabilidad de los mismos, vinculante
si concluye en la inviabilidad de un proyecto.
Tal y como recoge el artículo 285 en su punto segundo, en los contratos de concesión
de servicios la tramitación del expediente irá precedida de la realización y aprobación de un
estudio de viabilidad de los mismos o, en su caso, de un estudio de viabilidad económico-
financiera. No se estipula, no obstante, en qué casos se podrá optar por una opción u otra.
El contenido de dicho Estudio, por analogía, será el establecido en el artículo 247.2
de la LCSP, correspondiente a las actuaciones preparatorias del contrato de concesión de
obras.
Es por ello que, para determinar la idoneidad de una u otra figura de estudio,
atenderemos a lo establecido en el artículo 247.6 de la LCSP, que especifica que siempre que
sea de forma motivada «por la naturaleza de la obra, por su finalidad o por la cuantía de la
inversión requerida», se podrá sustituir la elaboración de un estudio de viabilidad por uno de
la viabilidad económico-financiera del proyecto en cuestión.
En consecuencia, la LCSP establece la posibilidad de acordar la sustitución del
estudio de viabilidad por un estudio de viabilidad económico-financiera cuando se considere
suficiente en atención a la naturaleza y finalidad de la obra o cuantía de la inversión requerida.
Teniendo en cuenta que en la concesión del servicio de explotación de la Centro
Residencial de mayores no se prevé la realización de obras o inversiones de cuantía
significativa, más allá de aquellas obras de reforma puntuales que el concesionario de forma
voluntaria desee realizar, se estima suficiente la realización de un análisis de Viabilidad
Económico- Financiera.
2. Finalidad y justificación del servicio.
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF20IUEAES0SS0NBVB1KRWRRMGL7VKQ6
DIPCC-PF20IUEAES0SS0NBVB1KRWRRMGL7VKQ6
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Este
documento
es
Copia
Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
GLORIA
SIOMAR
SERVAN
SOTO
-
TECNICO
DE
ADMINISTRACION
GENERAL
(DIPUTACION
DE
CACERES)
FERNANDO
LOPEZ
SALAZAR
-
DIRECTOR
(DIPUTACION
DE
CACERES)
Firmantes:
L02000010
20/04/2023
11:27
2/13
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2024-1961
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 15 de abril de 2024
N.º 0072
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