Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabezuela del Valle. (BOP-2024-1921)
BOP-2024-1921 Bases reguladoras de ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias 2024.
14 páginas totales
Página
4. Unidades familiares formadas por cuatro personas: 1.050 euros.
5. Unidades familiares formadas por cinco personas: 1.200 euros.
6. Unidades familiares formadas por seis personas: 1.300 euros.
7. Unidades familiares formadas por siete personas: 1.400 euros.
8. Unidades familiares formadas por ocho personas: 1.600 euros.
9. Unidades familiares formadas por nueve personas: 1.700 euros.
10. Unidades familiares formadas por diez o más personas: 1.800 euros.
d) Gastos de asistencia sanitaria o sociosanitaria no cubiertos por el Sistema Público
contemplados en el artículo 7.1.e): 1.500 euros, con excepción del transporte para
tratamiento que se abonará a 0,25 euros el kilómetro, sin que pueda superar la ayuda
para todos estos gastos el importe máximo previsto en el apartado segundo de este
artículo.
e) Gastos destinados a una necesidad crítica previstos en el artículo 7.1.f): 2.010 euros.
f) Gastos de endeudamiento previo contemplados en el artículo 7.1.
g) La misma cuantía que la señalada para cada uno de los distintos conceptos.
2. En caso de que la solicitud de la ayuda estuviera referida a varios de los gastos señalados
en el apartado primero, se establece un importe máximo por todos los conceptos de 2.950
euros.
3. Las entidades locales podrán conceder ayudas por importe superior a las cuantías
establecidas en los apartados precedentes o por el importe no cubierto por estas ayudas, con
cargo a sus propios fondos.
TERCERA. PERSONAS DESTINATARIAS.
1. Serán requisitos que deberán cumplir las personas solicitantes, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 4.1 del Decreto 110/2021, de 22 de septiembre y en el artículo 2 de la
ORDEN de 2 de enero de 2023, por el que se actualizan los límites de ingresos contemplados
en dicho Decreto 110/2021, podrán ser beneficiarias de las ayudas extraordinarias de apoyo
social para contingencias las personas que cumplan los siguientes requisitos generales, que
deberán concurrir en el momento de la solicitud de la ayuda y mantenerse hasta que se dicte la
CVE:
BOP-2024-1921
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 12 de abril de 2024
N.º 0071
Pág. 8539