Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabezuela del Valle. (BOP-2024-1921)
BOP-2024-1921 Bases reguladoras de ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias 2024.
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Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de Derecho Público,
siguiéndose para su cobranza el procedimiento previsto en la normativa de régimen local y
estatal que resulte de aplicación en este ámbito.
DUODÉCIMA. PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN.
El plazo de resolución y notificación será de 6 meses. El vencimiento del plazo máximo sin que
se haya dictado y notificado la resolución legitima a los interesados para entender desestimada
por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención. En los supuestos en que
la persona beneficiaria incumpliese cualquiera de los requisitos y obligaciones establecidos en
las presentes disposiciones, incluida la justificación de las mismas, vendrá obligada a reintegrar
el importe de las cantidades indebidamente percibidas o no aplicadas al fin que motivó su
concesión, todo ello sin perjuicio de las demás acciones que, en su caso, procedan.
DECIMOTERCERA. DATOS PERSONALES.
En cumplimiento del deber de informar establecido en la Ley 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales, se tratarán y
guardarán los datos aportados en la instancia y documentación que la acompañe para la
tramitación y gestión del presente expediente administrativo y demás actuaciones relacionadas.
DECIMOCUARTA. ACEPTACIÓN DE LAS BASES.
El hecho de participar en las ayudas conlleva la aceptación de estas Bases, motivo por el cual
no podrán impugnarlas una vez finalizada la presentación. Las dudas que puedan surgir en la
aplicación de estas Bases serán resueltas por la Alcaldía.
DECIMOQUINTA. RECURSOS.
Contra la Resolución de aprobación de la presente convocatoria, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, ante el órgano que
la ha dictado, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el
Tablón de Anuncios y en el Boletín Oficial de la Provincia o, directamente, recurso contencioso
- administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente a la mencionada publicación. Si se optara por interponer recurso
de reposición, no podrá interponerse recurso Contencioso - Administrativo, hasta que aquél
haya sido resuelto expresamente o haya sido desestimado por silencio administrativo.
CVE:
BOP-2024-1921
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 12 de abril de 2024
N.º 0071
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