Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-1894)
BOP-2024-1894 Bases reguladoras y convocatoria de ayudas mínimos vitales 2024.
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justificantes de pago de dichas facturas.
3. La cuantía de la ayuda por todos los conceptos no podrá exceder de los siguientes importes
por anualidad y unidad de convivencia:
En caso de presentar varias solicitudes en la misma anualidad, no podrá concederse en el
mismo año a la unidad de convivencia importe superior a lo establecido en el párrafo anterior.
Existiendo la partida presupuestaria n.º 0105-23111-48004 consignada para el año 2024 con
72.166,67 € para tal fin (Ayudas para garantizar el acceso a los servicios de suministros
mínimos vitales), cantidad económica subvencionada por la Consejería de Sanidad y Servicios
Sociales de la Junta de Extremadura de acuerdo a la Resolución de fecha 15 de Febrero de
2024.
4º. UNIDAD FAMILIAR.
Se entiende por unidad de convivencia la constituida por el/la solicitante y las demás personas
que convivan en el mismo domicilio, con independencia de la relación de parentesco entre
los/as convivientes.
Si alguno de los/as miembros de la unidad de convivencia fuera beneficiario/a del bono social
para consumidores/as vulnerables severos/as, se entenderá por unidad de convivencia la
unidad familiar considerada como tal en la normativa reguladora del bono social a los solos
efectos del pago de facturas de suministro eléctrico.
Se entenderá como beneficiario/a de la ayuda a todos/as los/as miembros de la U.F. de
convivencia, si bien sólo podrá ser reconocida a favor de uno/a de los/as miembros.
Se entiende vivienda habitual aquella que constituya la residencia familiar y sea coincidente
con el domicilio al que se refiere la facturación de suministros.
NÚMERO DE MIEMBROS CUANTÍA DE LA AYUDA ANUAL
Hasta 2 miembros 950 €
Entre 3 y 4 miembros 1.100 €
5 o más miembros 1.200 €
CVE:
BOP-2024-1894
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 11 de abril de 2024
N.º 0070
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