Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hervás. (BOP-2024-1837)
BOP-2024-1837 Bases para la provisión de una plaza de Arquitecto/a técnico/a. Funcionario/a Interino/a.
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efecto en la puntuación.
SEGUNDO EJERCICIO: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos/as los/as aspirantes
que hayan superado la prueba anterior. Este ejercicio consistirá en la resolución de dos
supuestos prácticos propuestos por el tribunal, en 120 minutos. Los supuestos versarán sobre
las funciones y tareas propias de la plaza a partir de los datos facilitados por el tribunal en el
momento de su realización. Se valorará la presentación, la claridad de exposición, la resolución
propuesta y la aplicación del temario al supuesto.
El segundo ejercicio tendrá una duración de ciento veinte minutos y se calificará de 0 a 10,
siendo necesario para aprobar obtener una calificación de cinco puntos.
SÉPTIMA. Calificación.
La puntuación final será la media de las notas obtenidas en las dos pruebas indicadas.
En caso de empate se tendrá en primer lugar la puntuación obtenida en la primera prueba, en
segundo lugar el resultado obtenido en la segunda prueba. De persistir el empate se resolverá
por sorteo.
OCTAVA. Relación de Aprobados/as, Acreditación de Requisitos Exigidos y Nombramiento.
Una vez terminada la calificación y baremación, los Tribunales harán pública la relación de
aspirantes por orden de puntuación en la sede electrónica de este Ayuntamiento
[http://hervas.sedelectronica.es] precisándose que el número de propuestos/as no podrá
rebasar el número de plazas vacantes convocadas, relación que se elevará a la Alcaldía.
El/a aspirante propuesto acreditará ante la Administración, dentro del plazo de cinco días
desde la publicación de la relación de aprobados/as en la sede electrónica de este
Ayuntamiento [http://hervas.sedelectronica.es], que reúne los requisitos.
Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos,
no podrán ser nombrados/as, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
La Resolución de nombramiento será adoptada por la Alcaldía en su condición de jefatura
directa del personal, y se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento
[http://hervas.sedelectronica.es].
CVE:
BOP-2024-1837
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 10 de abril de 2024
N.º 0069
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