Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hervás. (BOP-2024-1836)
BOP-2024-1836 Bases para la provisión de una plaza, en régimen de personal labora temporal, de Auxiliar Administrativo/a adscrito/a al área de cultura.
11 páginas totales
Página
Cuando el procedimiento selectivo, por dificultad técnica o de otra índole, así lo aconsejare, el
Presidente del Tribunal podrá disponer incorporar al mismo, con carácter temporal, otro
personal que colabore, en el ejercicio de sus especialidades técnicas, bajo la dirección del
citado Tribunal.
Junto con la resolución que apruebe la lista definitiva de aspirantes se determinará la
composición del Tribunal Calificador.
2.º Actuación del Tribunal: No podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad
de sus miembros titulares o suplentes indistintamente, siendo siempre necesaria la presencia
de Presidente/a y Secretario/a. En ausencia del Presidente/a le sustituirá el Vocal presente de
mayor jerarquía, antigüedad y edad por este orden.
Su actuación se ajustará a las bases de la convocatoria y resolverá, por mayoría de votos de
sus miembros presentes, las dudas y propuestas que surjan para su aplicación, así como las
cuestiones que se susciten durante las pruebas, adoptando las medidas necesarias para
garantizar el orden en las mismas.
Los/as componentes del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo, notificándolo
a la autoridad convocante, cuando se dé alguna causa de abstención o cuando, en el ámbito
de actividades privadas, hubiesen realizado tareas de formación o preparación de aspirantes a
pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la correspondiente
convocatoria, así como por cualquier circunstancia recogida en nuestro ordenamiento jurídico.
En todo lo no previsto en estas ases, será de aplicación al Tribunal Calificador lo dispuesto
para los órganos colegiados en la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público.
SEXTA. ACTUACIÓN DE LOS ASPIRANTES, CONVOCATORIA DE LAS PRUEBAS Y
ANUNCIOS SUCESIVOS.
1.º Actuación de los/as aspirantes:
Los/as aspirantes, que serán convocados/as para cada ejercicio en llamamiento único, deberán
ir provistos del D.N.I., suponiendo la no presentación el decaimiento de sus derechos a
participar, quedando excluido, en consecuencia, del procedimiento selectivo.
2.º Convocatoria a realización de pruebas: Junto con la resolución que apruebe la lista
definitiva de aspirantes se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas, así
como la composición del Tribunal Calificador. Esta publicación se efectuará con una antelación
de, al menos, 48 horas al comienzo.
CVE:
BOP-2024-1836
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 10 de abril de 2024
N.º 0069
Pág. 8150