Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Belvís de Monroy. (BOP-2024-1834)
BOP-2024-1834 Oferta de Empleo Público para el año 2024.
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AYUNTAMIENTO DE BELVIS DE MONROY
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10.394 – BELVIS DE MONROY
Considerando que de conformidad con lo previsto en el artículo 91 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local -LRBRL-, y 128 del
Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local,
aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril -TRRL-, las Entidades
Locales aprobarán y publicarán su Oferta de Empleo Público dentro del plazo de un
mes desde la aprobación de su Presupuesto, ajustándose a la legislación básica del
Estado
sobre función pública y a los criterios que reglamentariamente se establezcan en
desarrollo de la normativa básica estatal, para su debida coordinación con las ofertas
de empleo del resto de las Administraciones Públicas.
Aprobado por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 29 de
Enero de 2024, el Presupuesto Municipal para el año 2024, junto con las Bases de
Ejecución y la Plantilla de Personal de esta Corporación para dicho Ejercicio.
Visto que por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día
29 de Enero de 2024, se aprobó inicialmente la Relación de Puestos de Trabajo de
esta Corporación, acuerdo que se elevó automáticamente a definitivo al no
presentarse reclamaciones o alegaciones de clase alguna en el plazo concedido para
ello. Aprobación definitiva que fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres. nº 49, de fecha 11 de Marzo de 2024 y remitida al Órgano competente de la
Comunidad Autónoma y a la Administración General del Estado para su conocimiento
y efectos.
Considerando que el artículo 128 del Texto Refundido de las Disposiciones
Legales Vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo
781/1986, de 18 de abril, señala que las Corporaciones Locales aprobarán dentro del
plazo de un mes, desde la aprobación del Presupuesto, la Oferta de Empleo Público
para el año correspondiente, y acreditado que ésta se ha producido tras la publicación
en el Boletín Oficial de la Provincial de Cáceres, nº 45, de 5 de Marzo de 2024
Considerando que la aprobación de la Oferta de Empleo Público corresponde a
la alcaldía, en virtud de lo previsto en el artículo 22.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, previo informe de la Intervención
municipal, y por aplicación de lo dispuesto en los artículo 36.3 y 37.1.c) y 37.1.l) del
Real Decreto Ley 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público -TREBEP-, será objeto de
negociación previa en la respectiva mesa general de negociación, por afectar a
materias comunes a personal funcionario y laboral. Sobre este extremo, cabe recordar
que la Sentencia del TSJ de Cataluña de 7 de abril de 2011 considera que no cabe la
menor duda de que han de ser objeto de negociación colectiva las normas que fijen los
criterios generales en materia de acceso, carrera, provisión, sistemas de clasificación
de puestos de trabajo, y planes e instrumentos de planificación de recursos humanos,
y los criterios generales sobre ofertas públicas de empleo; y que resulta incuestionable
que han de ser objeto de negociación los “planes e instrumentos de planificación de
recursos humanos”.
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Miércoles, 10 de abril de 2024
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