Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2024-1800)
BOP-2024-1800 Convocatoria de Ayudas Económicas para garantizar a los/as ciudadanos/as de Alcuéscar el derecho de acceso a Suministros Mínimos Vitales para el año 2024.
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presupuestario al que se imputen, beneficiario/a, cantidad concedida y objetivo o finalidad de la
subvención con expresión de los distintos programas o proyectos subvencionados. (Pero están
exentas de tributación).
Se prevé la no publicación de las ayudas concedidas, al amparo de esta convocatoria, de
conformidad con lo establecido en el artículo 2.8 b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, en relación con la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de Mayo, de
Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen,
así como el artículo 1.1 de la Directiva 95/46/CE, en cuanto al tratamiento de datos de carácter
personal al ser los/as destinatarios/as de las mismas, personas o familias en situación de
vulnerabilidad, determinada esta por la falta o insuficiencia de recursos económicos para hacer
frente a los suministros energéticos básicos relativos a su vivienda habitual.
Deberán acompañarse a la solicitud la siguiente documentación:
Original DNI del/a solicitante/pasaporte.
Certificado de convivencia / empadronamiento colectivo.
Copia/s compulsada/s del/os libro/s de familia, certificación del Registro Civil o
documentos equivalentes de su país de procedencia acreditativo del parentesco,
traducido al castellano.
En caso de nulidad, separación o divorcio, deberá aportarse copia de la sentencia o de
las medidas provisionales acordadas y del convenio regulador.
Informe de vida laboral de todos los miembros de la Unidad de convivencia mayores de
18 años.
En su caso, nóminas de los 3 meses anteriores a la solicitud de la ayuda de todos los/as
miembros de la unidad de convivencia que hayan trabajado en ese periodo.
Copia de la declaración sobre el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas o
certificado de imputaciones en caso de no tener obligación de realizarla, del último
ejercicio de la persona solicitante y del resto de personas integrantes de la unidad
familiar. En su caso, declaraciones trimestrales de ingresos (personas autónomas) y/o
Declaración de renta, según proceda.
En caso de que figuren períodos de alta como trabajador/a por cuenta propia, se
presentará copia de los modelos 130 o 131, según el sistema de pagos trimestrales
mediante estimación directa o estimación objetiva, al que se hallaren acogidos.
En su caso justificante de gastos de hipoteca o alquiler (contrato y último recibo de
pago, recibo bancario), y/o documento que acredite la ocupación de la vivienda: contrato
alquiler, documento de cesión de vivienda, etc.
Certificado o resolución del grado de discapacidad y dependencia de miembros de la
CVE:
BOP-2024-1800
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 9 de abril de 2024
N.º 0068
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