Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-1770)
BOP-2024-1770 Bolsa de trabajo temporal de Técnicos/as en Orientación. Convocatoria.
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procedencia y concreción, de la adaptación de tiempos y medios en función de las circunstancias
específicas de cada ejercicio, según se establece por el Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que
se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la Comunidad Autónoma
de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los empleados públicos con
discapacidad y la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio.
No obstante el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos
competentes en materia de discapacidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura. Además podrán solicitar del interesado información adicional respecto de la adaptación
solicitada.
6.2. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos/as
de la convocatoria quienes no comparezcan, salvo caso de fuerza mayor, debidamente alegado y
justificado con anterioridad a la celebración del ejercicio, y apreciado libremente por el Tribunal que,
en cualquier momento podrá requerir a los/as aspirantes para que acrediten su personalidad.
6.3. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de
riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo
y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de
manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso
ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la
realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han
superado el proceso selectivo.
6.5 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la
identidad de los aspirantes.
SÉPTIMA. Sistema de selección
7.1. El proceso selectivos se ajustará a lo dispuesto en los artículos 61 del texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público y 94 y siguientes de la Ley de la Función Pública de
Extremadura, se realizarán a través del sistema de concurso-oposición.
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de dos fases. El proceso selectivo será
valorado con un máximo de 10 puntos:
A) Oposición (60% de la puntuación total): 6 puntos en total.
B) Concurso (40% de la puntuación total): 4 puntos en total.
7.2. Fase de Oposición: Las puntuación máxima alcanzable en esta fase es de 6 puntos. Consistirá
en un ejercicio que se puntuará, a efectos de su corrección, de 0 a 10 puntos.
El único ejercicio de la fase de oposición consistirá en la realización, en un tiempo máximo de
110 minutos de un cuestionario tipo test de 80 preguntas, más 10 de reserva, con cuatro respuestas
alternativas.
El temario al que se hace referencia es el comprendido en el programa Anexo a esta
convocatoria.
Las preguntas adicionales de reserva del cuestionario tipo test, sustituirán por su orden
correlativamente a aquellas preguntas que, en su caso, sean objeto de anulación con posterioridad al
inicio de los ejercicios. A este respecto, los interesados podrán presentar las reclamaciones que
estimen procedentes con objeto de impugnar las preguntas formuladas por el Tribunal de Selección,
dentro de los tres días hábiles siguientes a la celebración del ejercicio.
CVE:
BOP-2024-1770
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 8 de abril de 2024
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