Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Calzadilla. (BOP-2024-1741)
BOP-2024-1741 Aprobación inicial modificación Ordenanza Fiscal reguladora servicio Residencia de Mayores, Pisos Tutelados y Centro de Día.
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- GRADO I: 350 €.
- GRADO II: 400 €.
- GRADO III: 500 €.
En el caso de personas con dependencia, pendientes de ser valoradas por el SEPAD,
se calculará el precio de la tasa de acuerdo a la puntuación obtenida en la escala
BARTHEL, realizada por los servicios sanitarios de atención primaria de referencia de la
persona.
e) En lo que se refiere al coste de las plazas de atención en Centro de Día, para
personas con dependencia que estén financiadas por el organismo competente de la
Comunidad Autónoma de Extremadura (actualmente SEPAD), los/as usuarios/as
satisfarán una cuota mensual equivalente al 25% de los ingresos que perciban.
Las exenciones y reducciones a aplicar se regirán por las tasas y precios públicos de la
Comunidad Autónoma de Extremadura en virtud de lo dispuesto en la Ley de
Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para cada
anualidad.
f) En lo que se refiere al coste de la plazas en SERVCIO DE COMEDOR, el precio será
el siguiente:
- 300 € mensuales.
El coste del SERVICIO DE COMEDOR, por días sueltos, será el siguiente:
- Desayuno: 2 €.
- Comida: 5 €.
- Merienda: 2 €.
- Cena: 5 €.
- Todos los servicios: 10 €.
La cuota tributaria deberá ser ingresada en función de las tarifas que sean de aplicación,
en los cinco primeros días de cada mes natural o el día de la prestación del servicio,
según el caso. La cuota tributaria de los residentes será domiciliada obligatoriamente, lo
cual será requisito indispensable para su admisión.
CVE:
BOP-2024-1741
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 5 de abril de 2024
N.º 0066
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