Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Calzadilla. (BOP-2024-1741)
BOP-2024-1741 Aprobación inicial modificación Ordenanza Fiscal reguladora servicio Residencia de Mayores, Pisos Tutelados y Centro de Día.
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Clubes de Ancianos/as, los/as residentes deberán disponer de la cantidad de 90,15 €
para gastos de libre disposición, por lo que la cuota establecida podrá verse minorada
en la proporción necesaria cuando el 25% restante no alcanzara a cubrir la citada
cantidad.
La cantidad establecida para gastos de libre disposición, en el caso de matrimonios en el
que uno sólo de los cónyuges posea fuente de ingresos se fija en 180,30 €.
Estarán exentos/as de abonar el precio público aquellos/as residentes a título individual,
cuyos ingresos sean inferiores cuyos ingresos sean inferiores a 90,15 € mensuales, así
como los cónyuges con ingresos inferiores a 180,30 € mensuales.
En el supuesto de usuarios/as unidos/as matrimonialmente y que ambos cónyuges
posean ingresos, servirá de base para el cálculo del precio público a satisfacer por el
matrimonio, la suma de los mismos, siempre y cuando el régimen económico
matrimonial fuera el de gananciales.
c) En lo que se refiere al coste de las plazas de ATENCIÓN RESIDENCIAL para
personas con dependencia, que no estuvieran financiadas mediante Convenio con el
organismo competente de la Comunidad Autónoma de Extremadura (actualmente el
SEPAD), el precio a satisfacer se ajustará según el grado de dependencia reconocido
por dicho organismo y será el siguiente:
- GRADO I: 1.100 €.
- GRADO II: 1.250 €.
- GRADO III: 1.400 €.
En el caso de personas con dependencia, pendientes de ser valoradas por el SEPAD,
se calculará el precio de la tasa de acuerdo a la puntuación obtenida en la escala
BARTHEL, realizada por los servicios sanitarios de atención primaria de referencia de la
persona.
d) En lo que se refiere al coste de las plazas de atención en CENTRO DE DÍA, para
personas con dependencia que no estuvieran financiadas mediante Convenio con el
organismo competente de la Comunidad Autónoma de Extremadura (actualmente
SEPAD), el precio a satisfacer se ajustará según el grado de dependencia por dicho
organismo y será el siguiente:
CVE:
BOP-2024-1741
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 5 de abril de 2024
N.º 0066
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