Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navas del Madroño. (BOP-2024-1723)
BOP-2024-1723 Bases convocatoria de ayudas a Asociaciones, Agrupaciones y Entidades, para el desarrollo de Programas y Actividades Socio-Culturales y Participativas en la anualidad 2024.
7 páginas totales
Página
actividades previstas en esta base y que tengan su ámbito de actuación en el término municipal
de Navas del Madroño.
Esta convocatoria se rige por lo dispuesto en las siguientes normas:
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley
General de Subvenciones.
- Ordenanza por la que se regula el Régimen General de Subvenciones del
Ayuntamiento de Navas del Madroño, aprobada por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en
Sesión Ordinaria celebrada el día 26 de Septiembre de 2019.
BASE SEGUNDA. SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN.
1.º Las solicitudes, con la documentación que corresponda, se formalizaran según el modelo
que encontrarán en las oficinas municipales, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del
Ayuntamiento de Navas del Madroño y se presentaran en el Registro del mismo hasta el día 3
de mayo de 2024 (para la anualidad 2024).
La solicitud estará firmada por el Presidente/a de la Asociación o Entidad, acompañado de
fotocopia del CIF de la misma.
2.º A los impresos de solicitud se acompañará la documentación siguiente:
a) Proyecto o programa de actividades cuantificado y presupuesto de gastos de las
actividades previstas.
b) Declaración de la entidad de otras ayudas recibidas o solicitadas para el proyecto.
El Ayuntamiento comprobará de oficio que dichos colectivos se encuentran al corriente de sus
obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Navas del Madroño.
3.º El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el día de publicación de Bando
de la Alcaldía hasta el 3 de mayo de 2024 de la anualidad a que corresponda la subvención
(2024), inclusive, no pudiendo atender las peticiones realizadas con posterioridad.
Recibidas las solicitudes y finalizado el plazo indicado, se procederá por la Comisión de
Economía, Hacienda y Especial de Cuentas a su estudio y valoración, siendo competencia de
la Alcaldía su posterior resolución, teniendo en cuenta en todo caso la cantidad consignada en
CVE:
BOP-2024-1723
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 4 de abril de 2024
N.º 0065
Pág. 7644