Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castañar de Ibor. (BOP-2024-1678)
BOP-2024-1678 Ayudas para suministros mínimos vitales 2024.
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comercializador de referencia en el plazo y en los términos establecidos en la
normativa estatal.
De no acreditarse el pago de la factura dentro de dicho plazo, no se aplicará la limita-
ción a la financiación establecida en el párrafo anterior, debiendo abonarse en este
caso la totalidad de la factura, siempre que se cumplan los requisitos establecidos
para las unidades de convivencia que no son beneficiarias del bono social para
consumidores vulnerables severos.
b) Gastos de agua potable, incluyendo la cuota de servicio, el suministro
de agua potable y las tasas, cánones e impuestos directos e indirectos que
graven los conceptos anteriores, así como cualquier otro concepto facturado
relativo al suministro, incluyendo el alcantarillado y la basura.
c) Gastos de alta y reconexión en caso de interrupción por impago del
suministro de energía eléctrica, gas natural, gas propano y agua potable.
d) Gas butano.
2. En caso de facturas impagadas, pueden abonarse las mismas con independencia
de la fecha de emisión de la factura y del periodo de facturación a que se refieran. En
caso de facturas ya abonadas, solo se consideran financiables con cargo a este
Programa las ayudas concedidas para el pago de facturas emitidas en el último
trimestre del año anterior y las emitidas en el año en curso.
3. La cuantía de la ayuda por todos los conceptos no podrá exceder de los
importes por anualidad y unidad de convivencia que se establecen a continuación:
NÚMERO DE MIEMBROS CUANTÍA DE LA AYUDA
Hasta 2 miembros 950,00 €
Entre 3 y 4 miembros 1.100,00 €
5 o más miembros 1.200,00 €
TERCERA. - PERSONAS DESTINATARIAS.
Serán requisitos que deberán cumplir las personas solicitantes los siguientes:
 Ser mayores de edad o que, aun siendo menores de dicha edad, sean
huérfanas absolutas o estén emancipadas, por concesión judicial o de
quienes ejerzan la patria potestad.
 Residir en alguno de los municipios de la Comunidad Autónoma,
con una antigüedad de, al menos, seis meses inmediatamente
anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
Cód.
Validación:
9JQX6FGYDQ2SXR9NG4ASNXDTW
Verificación:
https://castanardeibor.sedelectronica.es/
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electrónicamente
desde
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Miércoles, 3 de abril de 2024
N.º 0064
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