Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Portaje. (BOP-2024-1669)
BOP-2024-1669 Anuncio Plan Estratégico de Subvenciones 2024.
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Principio de estabilidad y regla de gasto. La concesión de subvenciones se ajustará al
principio de estabilidad y a la regla de gasto, en los términos previstos en la Ley
Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad
Financiera.
Principio de control y análisis de la adecuación de los fines de las entidades solicitantes
a los principios de igualdad y no discriminación en el ejercicio de las actividades
subvencionadas.
CAPÍTULO II: LÍNEAS ESTRATÉGICAS DE ACTUACIÓN.
Las líneas estratégicas de actuación recogidas en el presente Plan Estratégico, en el que se
integran las líneas de subvenciones del Ayuntamiento son las siguientes:
Fomento de la actividad asociativa y la participación ciudadana.
Dinamización cultural y educativa.
Cooperación al desarrollo.
Fomento económico y social.
Fomento del deporte.
Acción social.
CAPÍTULO III.- BENEFICIARIOS/AS Y PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN
3.1.- Beneficiarios/as.
Tendrán la consideración de beneficiarios/as las personas o asociaciones que hayan de
realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentre en situación que
legitima su concesión, que cumpla con los requisitos establecidos en la normativa aplicable.
3.2.- Procedimiento de concesión.
El Ayuntamiento concederá subvenciones, en los términos establecidos en la normativa vigente
en materia de subvenciones, mediante convocatoria pública en régimen de concurrencia
competitiva, o excepcionalmente, a través de concesión directa.
a) Concurrencia competitiva.
La concesión de las subvenciones se realizará mediante la comparación de las solicitudes
presentadas dentro de un plazo limitado, a fin de establecer una prelación entre las mismas de
CVE:
BOP-2024-1669
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 2 de abril de 2024
N.º 0063
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