Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2024-1646)
BOP-2024-1646 Aprobación definitiva de la Ordenanza Municipal de protección de derechos, bienestar, tenencia y circulación de animales.
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de la Policía Local y por los/las veterinarios/as municipales, considerándose todos ellos, en el
ejercicio de estas funciones, como Agentes de la Autoridad, con las facultades y prerrogativas
inherentes a esta condición, señaladamente la de acceder, previa identificación, a las
instalaciones o lugares donde se realicen actividades relacionadas con esta Ordenanza. Los/as
ciudadanos/as estarán obligados/as a prestar toda la colaboración a las inspecciones a que se
refieren estos puntos.
Disposición Adicional Primera. Establecimiento de animales.
El Ayuntamiento en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente Ordenanza
procederá al desarrollo reglamentario del Capítulo III del Título III de la misma respecto de las
condiciones técnicas que deben reunir los establecimientos de animales y los condicionantes
técnicos y jurídicos exigibles para el ejercicio de dicha actividad.
Disposición Adicional Segunda. Planes de Protección Civil.
El Ayuntamiento en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente Ordenanza
incorporará a sus Planes de Protección Civil las medidas de protección de los animales
adecuadas a las disposiciones de la ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos
y el bienestar de los animales, y las de la presente Ordenanza.
Disposición final.
La presente Ordenanza entrará en vigor cuando transcurran quince días hábiles a contar desde
el siguiente a la publicación del texto íntegro de la misma en el Boletín Oficial de la provincia de
Cáceres, de conformidad con lo dispuesto en los párrafos segundos de los artículos 65 y 70 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
ANEXO I
Razas de perros potencialmente peligrosos:
a) Pitt Bull Terrier.
b) Staffordshire Bull Terrier.
c) American Staffordshire Terrier.
CVE:
BOP-2024-1646
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 1 de abril de 2024
N.º 0062
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