Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2024-1646)
BOP-2024-1646 Aprobación definitiva de la Ordenanza Municipal de protección de derechos, bienestar, tenencia y circulación de animales.
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Extremadura, Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal, Ley 16/2015, de 23 de abril, de
Protección Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Decreto 245/2009, de 27 de
noviembre, por el que se regula la identificación, registro y pasaporte de determinados
animales de compañía en la Comunidad Autónoma de Extremadura, Decreto 42/1995, de 18
de abril, sobre autorizaciones y registro de núcleos zoológicos, establecimientos para la
práctica de equitación y centros para el fomento, cuidado y venta de animales de compañía en
la Comunidad Autónoma de Extremadura, Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el Cuidado de
los Animales, en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio, Real Decreto
348/2000, de 10 de marzo, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico la Directiva
98/58/CE, relativa a la protección de los animales en las explotaciones ganaderas, Real
Decreto 804/2011, de 10 de junio, por el que se regula la ordenación zootécnica, sanitaria y de
bienestar animal de las explotaciones equinas y se establece el plan sanitario equino, Decreto
207/2014, de 2 de septiembre, sobre vigilancia y control de la rabia en la Comunidad Autónoma
de Extremadura, Real Decreto 3250/1983, de 7 de diciembre, por el que se regula el uso de
perros guía para deficientes visuales, Ley 11/2014, de 9 de diciembre, de Accesibilidad
Universal de Extremadura, Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, sobre tráfico,
circulación y seguridad vial, Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, Reglamento
General de Circulación.
La presente Ordenanza se dicta en virtud de la potestad atribuida en los artículos, 84.1.a) de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de las competencias
conferidas en la Ley 5/2002, de 23 de mayo, de Protección de los Animales en la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
La reciente ley estatal 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de
los animales, tiene como objetivo principal, no solo garantizar el bienestar de los animales
evaluando las condiciones que se les ofrecen, sino regular el reconocimiento y la protección de
la dignidad de los animales por parte de la sociedad; es decir, nuestro comportamiento hacia
ellos como seres vivos dentro de nuestro entorno de convivencia.
La ley recoge una serie de conceptos y términos que, partiendo de esta consideración, unifican
y armonizan las definiciones existentes en las actuales normativas vigentes, para una mejor
aplicación atendiendo a los principios de eficacia y seguridad jurídica.
II. En España en uno de cada tres hogares se convive con al menos un animal de compañía, y
así, según la información resultante de los registros de animales de compañía de las
comunidades autónomas, en la actualidad hay más de trece millones de animales de compañía
registrados e identificados. Pese a ello, existen estudios como el que realizaron conjuntamente
la Fundación Affinity y el Departamento de Psiquiatría y Medicina Legal de la Universidad
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BOP-2024-1646
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Lunes, 1 de abril de 2024
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