Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almaraz. (BOP-2024-1643)
BOP-2024-1643 Aprobación definitiva de la Ordenanza Municipal reguladora del Punto Limpio.
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AYUNTAMIENTO DE ALMARAZ
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ORDENANZA REGULADORA DEL PUNTO LIMPIO DE ALMARAZ
PREÁMBULO
El modelo de desarrollo actual hace que nuestra sociedad, con sus actividades diarias tanto
industriales, de servicios o domiciliarias, genere gran cantidad de residuos, que contribuyen al
agotamiento de los recursos naturales y al deterioro y contaminación del medio ambiente del que
formamos parte.
Esta generación creciente de residuos es una realidad a la que se debe hacer frente
mediante una planificación y gestión eficaz de los mismos y resulta esencial en la consecución
hacia un desarrollo sostenible. En este sentido existe una amplia legislación sobre residuos desde el
ámbito internacional, europeo, nacional, autonómico y local y que continuamente se revisan y
modifican buscando una optimización y mejora en su gestión.
El mantenimiento sostenible del medio que nos rodea es un compromiso que todos estamos
obligados a asumir y que, dentro de nuestros hogares, comporta la exigencia de producir la menor
cantidad posible de residuos y tratar de la forma más correcta aquellos que no sea posible evitar.
Los ciudadanos, cada vez más concienciados, hacen posible la separación en origen de estos
residuos domiciliarios para su posterior tratamiento.
Las administraciones competentes, en el desarrollo de las políticas y de la legislación en
materia de prevención y gestión de residuos, aplicarán para conseguir el mejor resultado ambiental
global, el siguiente orden de prioridad en la gestión de los residuos:
a) Prevención;
b) Preparación para la reutilización;
c) Reciclado;
d) Otro tipo de valorización, incluida la valorización energética;
e) Eliminación.
Este ayuntamiento cuenta con una instalación municipal destinada al depósito de residuos
urbanos especiales de forma segregada, facilitando tanto el depósito de residuos para los
ciudadanos como su posterior tratamiento, y es lo que se denomina Punto Limpio.
Así, este municipio en uso de las competencias que le confiere el artículo 25.2.j) de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y en relación con las
disposiciones contenidas en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para
una economía circular, establece a través de esta ordenanza la regulación del uso y funcionamiento
del Punto Limpio.
Asimismo, adoptará las medidas necesarias para que los consumidores y usuarios, público
en general y las organizaciones no gubernamentales cuyo objeto sea la defensa del medio ambiente
y el desarrollo sostenible, reciban la información necesaria sobre el modelo de gestión de residuos
de envases establecido, incluyendo la infraestructura disponible para su recogida, como lo son los
distintos tipos de contenedores, puntos de aportación, puntos limpios, entre otros, su ubicación,
frecuencia de recogida y la forma en la que los ciudadanos deben participar en la aplicación de
dicho modelo de gestión, concretándose cómo, dónde y cuándo deben entregar los envases usados
Cód.
Validación:
7GF7H4ZXLZZT56YE2QLJ53QCF
Verificación:
https://almaraz.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2024-1643
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 1 de abril de 2024
N.º 0062
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