Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-1594)
BOP-2024-1594 EXTRACTO. Convocatoria de Prestaciones Económicas de Emergencia Social 2024.
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l) Prestación para el pago de alojamiento alternativo temporal, cuando, por causa de
fuerza mayor, no sea posible la permanencia de la persona o unidad convivencia en su
domicilio habitual o carezca del mismo y de recursos propios o familiares suficientes.
BENEFICIARIOS/AS DE LA SUBVENCION.
Podrán ser beneficiarias de las prestaciones económicas de emergencia social para el año
2024 las personas que cumplan los siguientes requisitos:
a) Ser mayor de edad o menor emancipado/a judicialmente.
b) Estar empadronadas y residir legal y efectivamente en el Municipio de Cáceres con
una antigüedad de, al menos, tres meses inmediatamente anteriores a la fecha de
presentación de la solicitud. El requisito de antigüedad no será exigible a los/as
emigrantes retornados/as, a los/as transeúntes, a los/as extranjeros/as refugiados/as o
con solicitud de asilo en trámite, así como a cualquier persona que tenga autorizada su
estancia por razones humanitarias o, excepcionalmente, cuando la situación de
emergencia comprometa gravemente la subsistencia del mismo o de su unidad familiar y
así se haya acreditado en el informe motivado emitido por el Servicio Social de Atención
Social Básica.
c) En el supuesto de cumplir los requisitos del Decreto 110/2021, de 22 de septiembre,
por el que se regulan las ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias y
del Acuerdo de 14 de febrero de 2024 del Consejo de Gobierno de la Junta de
Extremadura por el que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal
para ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias para 2024, deberán
haber solicitado y agotado previamente las ayudas extraordinarios de apoyo social para
contingencias convocadas por el Instituto Municipal de Asuntos Sociales para el año
2024.
d) No tener reconocida o acceso a otras ayudas de Administraciones Públicas o
recursos propios que cubran las necesidades para las que se solicita la ayuda.
e) Pertenecer a una unidad familiar en la que se carezca de rentas o ingresos
suficientes.
f) Que el beneficiario/a no posea propiedades, bienes muebles o inmuebles cuyas
características, valoración, posibilidad de venta o cualquier otra forma de explotación,
indiquen de manera notoria la existencia de medios materiales suficientes para atender,
por sí mismo, la necesidad para la que se demanda la prestación, con exclusión de la
CVE:
BOP-2024-1594
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 27 de marzo de 2024
N.º 0061
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