Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-1589)
BOP-2024-1589 Convocatoria de Ayudas Extraordinarias de Apoyo Social para Contingencias 2024.
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3.- En el caso de obtención concurrente de otras subvenciones o ayudas, se procederá al
reintegro del exceso obtenido sobre el coste de la actuación financiada.
4.- Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de Derecho Público,
siguiéndose para su cobranza el procedimiento previsto en la normativa de régimen local y
estatal que resulte de aplicación en este ámbito.
X.- NO PUBLICACIÓN DE LAS AYUDAS CONCEDIDAS:
Los datos de identidad de las personas beneficiarias de las ayudas extraordinarias de
apoyo social para contingencias no serán objeto de publicación para salvaguardar el honor
y la intimidad personal y familiar de las personas físicas en virtud de lo establecido en la
Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad
personal y familiar y a la propia imagen.
XI.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA.-
El presupuesto destinado a la presente convocatoria para el año 2024 asciende a
CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO EUROS
CON VEINTITRES CÉNTIMOS (476.564,23€) para todos los conceptos, financiándose con
cargo a la aplicación presupuestaria 10/23101/48000, RC nº 2024/0000090, proyecto gasto
2024/3/CNTIG/1 (475.408,82 euros) y proyecto gasto 2023/3/CNTIG/1 (1.155,41 euros).
XII.- RECURSOS CONTRA LA CONVOCATORIA:
Contra la resolución de aprobación de la presente convocatoria, que pone fin a La vía
administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, ante el órgano
que la ha dictado, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de
su extracto en el B.O.P. de Cáceres o, directamente, recurso contencioso-administrativo
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente a la mencionada publicación. Si se optara por interponer
recurso de reposición, potestativo, no podrá interponerse recurso contencioso-
administrativo, hasta que aquel haya sido resuelto expresamente o haya sido
desestimado por silencio administrativo.
XIII.- DERECHO SUPLETORIO:
En todo lo no previsto en la presente convocatoria, se estará a lo dispuesto en el Decreto
de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales número 110/2021, de fecha 22 de
septiembre (D.O.E. número 187, de 28/09/2021), por el que se regulan las ayudas
extraordinarias de apoyo social para contingencias del programa de Colaboración
Económica Municipal para ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias,
actualizado por Resolución de 2 de enero de 2023, de la Dirección General de Servicios
Sociales, Infancia y Familias, por la que se dispone la actualización de los anexos I y IV, y
la Orden de 2 de enero de 2023 por la que se actualizan los límites de ingresos y los
importes de las ayudas contemplados en el Decreto 110/2021, de 22 de septiembre, así
como lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Común de las
Administraciones Públicas, entre otras.
XIV.- ENTRADA EN VIGOR DE LA CONVOCATORIA:
CVE:
BOP-2024-1589
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 27 de marzo de 2024
N.º 0061
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