Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-1556)
BOP-2024-1556 Aprobación provisional del estudio de viabilidad de la concesión de servicio de gestión y explotación de la infraestructura de recarga energética de vehículos eléctricos de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres.
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Estudio viabilidad técnico-económica para la concesión del servicio de la de la
actividad económica de servicio de recarga energética para vehículos eléctricos
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 La red de puntos de recarga de vehículo eléctrico provincial asegura que a lo largo del
territorio provincial de Cáceres se pueda circular y recargar de modo adecuado con
vehículos eléctricos, al existir, al menos cada 75 km de distancia en carretera un punto de
recarga, garantizando así, la demanda que genera esta nueva forma de movilidad
sostenible.
 Los puntos de recarga permiten, en función de sus características técnicas, potencias de
carga de 50 kW Vcc, 24 kW Vcc y 22 kW Vca. Y parte de ellos disponen de marquesinas
fotovoltaicas de 4,70 kWp para autoconsumo dentro del mismo punto de recarga.
 La Diputación Provincial de Cáceres busca con el ejercicio de la actividad propuesta ayudar
en la transición hacia una movilidad sostenible, creando un ecosistema para la utilización
del vehículo eléctrico y el uso más eficiente de las fuentes de energía renovables para su
recarga. Para ello, es necesario desarrollar la actividad consiste en la explotación de la red
de puntos de recarga de vehículos eléctricos de la Diputación de Cáceres para dar el
servicio de recarga eléctrica a vehículos a través de recarga de acceso público.
 Para el desarrollo de la actividad propuesta es necesaria la gestión de la red de puntos de
recarga de la Diputación de Cáceres, su mantenimiento, su conservación y la atención de
los usuarios de dicha red. Además, para la correcta gestión y mantenimiento de la red de
PdR, es preciso el desarrollo de actuaciones de forma ininterrumpida las 24 horas de los
365 días al año y se debe disponer de todos los aparatos, equipos, herramientas,
repuestos y acopios de materiales necesarios, para abordar la explotación,
mantenimiento, las reparaciones rutinarias y el correcto estado y funcionamiento de los
sistemas, así como mantener un stock mínimo de elementos de reposición.
 Las posibilidades de gestión del servicio de recargas se dividen en dos modos sustanciales:
la gestión de forma directa o la gestión de forma indirecta, cuya diferenciación radica en
el hecho de si la responsabilidad en la prestación de la actividad recae directamente en la
Diputación Provincial o si se traslada a un tercero designado mediante licitación por la
entidad provincial.
 Por las condiciones del servicio, se estima más adecuada la modalidad del contrato de
concesión de servicios prevista en el artículo 15 LCSP que concede el derecho de
explotación de los servicios, implicando la transferencia al concesionario del riesgo
operacional, en los términos señalados en el artículo 15.2 LCSP.
 El contrato de concesión del servicio para la actividad de recarga energética de vehículos
eléctricos está muy ligado al precio de la energía, que es un precio dependiente del
mercado eléctrico, lo que supone, al prestarse el servicio bajo esta modalidad contractual,
el traslado de los riesgos operacionales al concesionario, en la medida en que la
CVE:
BOP-2024-1556
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 26 de marzo de 2024
N.º 0060
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