Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cedillo. (BOP-2024-1511)
BOP-2024-1511 Aprobación definitiva Ordenanza municipal reguladora de la Concesión de Ayudas de apoyo a la familia (natalidad).
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Además se deberá firmar una declaración responsable.
El empadronamiento conllevará la residencia efectiva, por lo que los/as beneficiarios/as y sus
hijos/as deberán vivir habitualmente en cualquier de los núcleos de población de este
municipio. Este extremo podré ser comprobado en cualquier momento por el Ayuntamiento
recabando informes que procedan.
4.- Para el pago efectivo de la ayuda, los beneficiarios deberán entregar las facturas o
documentos equivalentes del correspondiente gasto, relacionados con el objeto de la ayuda.
ARTÍCULO 5. Cuantía de las Ayudas y Procedimiento.
1. Importe.
Cada nacimiento que tenga lugar o cada adopción que se formalice será objeto de una ayuda
de 3.000 euros.
2. Procedimiento.
1.- El procedimiento se iniciará a instancia del/la interesado/a dirigida al Ayuntamiento de
Cedillo.
Las solicitudes de ayudas se presentarán, una vez producido el nacimiento o la adopción, en el
Registro General o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. A
las mismas deberá acompañarse la siguiente documentación:
—Certificado de nacimiento del/la recién nacido/a expedido por el Registro Civil
correspondiente en el caso de nacimientos.
—Fotocopia compulsada del libro de familia y NIF del/la solicitante.
—Copia de la Resolución Judicial en el caso de adopciones.
—Certificado de empadronamiento de los/as beneficiarios/as que acredite la residencia efectiva
en el Municipio, así como de convivencia de los/as beneficiarios/as con el recién nacido/a o con
el/la adoptad/a. Se indicará la fecha de empadronamiento del/la recién nacido/a y causa de
inscripción.
—Certificado de empadronamiento en el Municipio del recién nacido/a o adoptado/a.
—Compromiso de los/as beneficiarios/as de la ayuda de permanecer empadronados/as en el
CVE:
BOP-2024-1511
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 22 de marzo de 2024
N.º 0058
Pág. 6869
El empadronamiento conllevará la residencia efectiva, por lo que los/as beneficiarios/as y sus
hijos/as deberán vivir habitualmente en cualquier de los núcleos de población de este
municipio. Este extremo podré ser comprobado en cualquier momento por el Ayuntamiento
recabando informes que procedan.
4.- Para el pago efectivo de la ayuda, los beneficiarios deberán entregar las facturas o
documentos equivalentes del correspondiente gasto, relacionados con el objeto de la ayuda.
ARTÍCULO 5. Cuantía de las Ayudas y Procedimiento.
1. Importe.
Cada nacimiento que tenga lugar o cada adopción que se formalice será objeto de una ayuda
de 3.000 euros.
2. Procedimiento.
1.- El procedimiento se iniciará a instancia del/la interesado/a dirigida al Ayuntamiento de
Cedillo.
Las solicitudes de ayudas se presentarán, una vez producido el nacimiento o la adopción, en el
Registro General o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. A
las mismas deberá acompañarse la siguiente documentación:
—Certificado de nacimiento del/la recién nacido/a expedido por el Registro Civil
correspondiente en el caso de nacimientos.
—Fotocopia compulsada del libro de familia y NIF del/la solicitante.
—Copia de la Resolución Judicial en el caso de adopciones.
—Certificado de empadronamiento de los/as beneficiarios/as que acredite la residencia efectiva
en el Municipio, así como de convivencia de los/as beneficiarios/as con el recién nacido/a o con
el/la adoptad/a. Se indicará la fecha de empadronamiento del/la recién nacido/a y causa de
inscripción.
—Certificado de empadronamiento en el Municipio del recién nacido/a o adoptado/a.
—Compromiso de los/as beneficiarios/as de la ayuda de permanecer empadronados/as en el
CVE:
BOP-2024-1511
Verificable
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Viernes, 22 de marzo de 2024
N.º 0058
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