Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-1509)
BOP-2024-1509 Plan Estratégico de Subvenciones de la Concejalía de Economía, Hacienda, Empresa, Relaciones con la UEx y Turismo.
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Actividades de preparación y celebración del Centenario de la Virgen de la
Montaña por la Real Cofradía Santísima Virgen de la Montaña de Cáceres en
atención al interés público y social.
Estas actividades que se desarrollarán en atención al interés público y social,
estando excluido sufragar gastos de mantenimiento de las cofradías
beneficiarias de la subvención.
Se consideraran gastos subvencionables los relacionados para la preparación
y celebración de la Semana Santa 2024 y la celebración del Centenario de la
Virgen de la Montaña, a modo de ejemplo los siguientes relacionados:
• Bandas y Agrupaciones Musicales.
• Gastos floristerías, flores, esponjas, y demás adornos relacionados.
• Gastos de imprenta, confección de revistas, dípticos, carteles.
• Gastos relacionados con seguros, transporte, responsabilidad civil en las
procesiones, daños a imágenes.
• Gastos de orfebres, artistas, empresas de orfebrería y artículos religiosos.
• Gastos de velas, incienso, alcohol de quemar…
• Gastos de confección de mantos, faldones, trajes, telas, cordones, puntillas...
• Gastos de pirotecnia.
• Gastos de compra de palmas adornadas.
• Gastos de alquiler o compra de elementos relacionados con equipos de
sonidos,walkie talkie…
• Gastos de materiales y profesionales para el arreglo de pasos, andas, picas,
horquillas…
• Gastos de carpintería de madera, electricidad, carpintería metálica y herreros.
• Gastos de Restauraciones y mejoras de Imágenes, andas, incluidos transporte
a los talleres especializados, seguros, etc.
• Gastos de adquisición de imaginería y ornamentos con pasos, andas y tronos.
CAPÍTULO II. BENEFICIARIOS Y PROCEDIMIENTOS DE CONCESIÓN
ARTÍCULO 6.- BENEFICIARIOS/AS
Tendrá la consideración de beneficiario/a de subvenciones la persona o
asociación que haya de realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento
o que se encuentre en la situación que legitima su concesión, que cumpla con
los requisitos establecidos en la normativa aplicable.
ARTÍCULO 7. - PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN
La Concejalía de Economía, Hacienda, Empresa, Relaciones con la UEx y
Turismo concederá subvenciones en los términos y con el alcance previsto
en la Ley General de Subvenciones, mediante concesión directa nominativa,
siempre que estén previstas en el Presupuesto General del Ayuntamiento para
el ejercicio 2024.
CVE:
BOP-2024-1509
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 22 de marzo de 2024
N.º 0058
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