Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-1509)
BOP-2024-1509 Plan Estratégico de Subvenciones de la Concejalía de Economía, Hacienda, Empresa, Relaciones con la UEx y Turismo.
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El Plan Estratégico de Subvenciones de la Concejalía de Economía, Hacienda,
Empresa, Relaciones con la UEx y Turismo del Excmo. Ayuntamiento de
Cáceres se estructura sobre lo siguiente:
CAPÍTULO I. NATURALEZA JURÍDICA, VIGENCIA, OBJETIVOS,
PRINCIPIOS GENERALES Y LÍNEAS ESTRATÉGICAS DE ACTUACIÓN.
ARTÍCULO 1. - NATURALEZA JURÍDICA
El Plan Estratégico de Subvenciones es un instrumento de gestión de carácter
programático, que carece de rango normativo y cuya aprobación no genera
derechos ni obligaciones para la Concejalía de Economía, Hacienda,
Empresa, Relaciones con la UEx y Turismo de Cáceres. (Artículo 12.3 del
RGLGS).
Su efectividad queda condicionada a la puesta en práctica de las diferentes
líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes las
disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio.
Por tanto, el establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este
plan tiene su soporte en la consignación correspondiente en el presupuesto de
esta Concejalía para este ejercicio 2024 y la aprobación de las bases
reguladoras de su concesión o el documento procedente.
Su eficacia quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y
suficiente, según disponen los artículos 167 y 172 del TRLRHL, y 24 y
siguientes del Real Decreto 500/1990.
ARTÍCULO 2.- VIGENCIA
La vigencia del presente Plan Estratégico de Subvenciones se establece para
el ejercicio económico 2024.
En el supuesto de que concluido el ejercicio económico, no se hubiese
aprobado aún un nuevo Plan Estratégico de Subvenciones, el presente se
entenderá prorrogado en aquellas líneas de actuación que se vayan a seguir
realizando, siempre que para ello, se cuente con consignación presupuestaria
adecuada y suficiente.
ARTÍCULO 3.- OBJETIVOS GENERALES
Son objetivos generales del presente Plan Estratégico de la Concejalía los
siguientes:
3.1.- Dar cumplimiento al mandato legal recogido en el artículo 8.1 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, que obliga a las Administraciones públicas que
propongan el establecimiento de subvenciones, a que, con carácter previo,
elaboren un Plan Estratégico de Subvenciones.
3.2.- Establecer y normalizar, para el conjunto de los diferentes programas de
ayuda y subvenciones de la Concejalía, un conjunto de principios y bases de
ejecución comunes a los mismos.
3.3.- Mejorar y racionalizar la gestión municipal de las subvenciones.
3.4.- Regular, con carácter general, del régimen a que ha de ajustarse la
concesión y justificación de las subvenciones a tramitar por la Concejalía de
Economía, Hacienda, Empresa, Relaciones con la UEx y Turismo del Excmo.
Ayuntamiento de Cáceres.
CVE:
BOP-2024-1509
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 22 de marzo de 2024
N.º 0058
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