Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-1460)
BOP-2024-1460 EXTRACTO. Convocatoria de subvenciones en concurrencia competitiva a municipios de la provincia de Cáceres con población inferior a 20000 habitantes para la realización de obras de adaptación y mejora de la infraestructura eléctrica (MIE-2024).
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Todos los documentos electrónicos que se adjunten con la solicitud deberán cumplir los
requisitos que se definen en la sede electrónica. Las entidades solicitantes aportarán copias
digitalizadas de los documentos, y la Diputación generará y almacenará los correspondientes
códigos de huella digital, identificativos fielmente del contenido presentado por la entidad
solicitante. Una relación de documentos y sus huellas digitales asociadas será firmada por la
persona solicitante e incorporada a la solicitud. La Diputación podrá solicitar del
correspondiente archivo el cotejo del contenido de las copias aportadas. Si el cotejo no pudiera
llevarse a cabo, podrá requerir con carácter excepcional a la entidad solicitante la exhibición del
documento o de la información original.
6. GASTOS SUBVENCIONABLES.
Serán gastos subvencionables los que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la
actividad subvencionada, es decir, gastos directos del proyecto específico e independiente y
que resulten estrictamente necesarios, se atengan a valores de mercado y se realicen en el
plazo establecido por las presentes bases de convocatoria. Se consideran gastos
subvencionables:
Todos aquellos gastos de obras y actuaciones realizados por el beneficiario que se
hayan destinado al fin por el que se concedió la subvención, y respondan
indubitadamente a la naturaleza de la misma, incluido el IVA.
Los gastos correspondientes a los trabajos de refuerzo y adecuación de la instalación
de distribución existente, realizados por la empresa distribuidora, para la conexión de la
instalación a la red de distribución, incluido el IVA. Todo ello siempre que, en aplicación
de la normativa vigente del sector eléctrico, corresponda abonar dichos gastos al
solicitante.
Los gastos correspondientes a redacción de proyectos así como los costes de la
dirección facultativa y la coordinación de la seguridad y salud de la ejecución de las
obras, que se presenten con la solicitud de participación, certificaciones, verificaciones,
inspecciones, estudio de impacto ambiental, levantamientos topográficos, así como los
que se produzcan como consecuencia de los anuncios, carteles de publicidad y
publicaciones que puedan ser necesarios, o los gastos de las autorizaciones
administrativas, de registro o de gestión ante los órganos o administraciones
competentes, incluido el IVA.
Así mismo, serán subvencionables los costes de ejecución de la obra civil siempre que
no supere el 40% de la inversión a ejecutar y los de los montajes de las instalaciones,
CVE:
BOP-2024-1460
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 21 de marzo de 2024
N.º 0057
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