Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torremocha. (BOP-2024-1445)
BOP-2024-1445 Aprobación definitiva del Reglamento del Servicio de Saneamiento en alta y depuración de aguas residuales.
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residuos que puedan o deban ser eliminados por otros medios.
Artículo 13. Derechos del/a usuario/a.
Serán derechos de los/as usuarios/as:
1. Evacuar a la red de alcantarillado municipal, en las condiciones establecidas en este
Reglamento, las aguas residuales producidas.
2. Obtener del/a prestador/a del servicio las aclaraciones, información y asesoramiento
necesarios para adecuar la contratación a las necesidades reales del/a usuario/a.
3. Ser informado por el/a prestador/a del servicio de todas las cuestiones derivadas de la
prestación y funcionamiento del servicio en relación a sus facturaciones actuales y
anteriores, así como recibir contestación por escrito de las consultas formuladas en el
plazo máximo de diez días hábiles, cuando así se solicite expresamente.
4. A la facturación de los consumos realizados conforme a las tarifas vigentes.
5. Formular las reclamaciones que considere oportunas en defensa de sus derechos.
6. Recibir del/a prestador/a del servicio aviso por el procedimiento más eficaz, y siempre
que sea posible al menos con veinticuatro horas de anticipación, de cualquier
interrupción o alteración de carácter significativo en relación con el uso que se produzca
en la prestación del mismo.
TÍTULO II. SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES.
Artículo 14. Uso del servicio de alcantarillado.
1. Todos los edificios e instalaciones existentes, salvo las excepciones previstas en este
Reglamento, o que se construyan deberán verter a la red general de saneamiento sus aguas
residuales a través de la correspondiente acometida de saneamiento, en las condiciones
exigidas en este Reglamento, quedando prohibidos los pozos negros, las fosas sépticas, los
vertidos directos a cauce público, las infiltraciones al terreno o cualquier otra forma de
eliminación de las aguas residuales.
2. Corresponde al/a prestador/a del servicio la limpieza, mantenimiento, reparación de la red
general así como la sustitución o reparación, a cargo de los/as propietarios/as, de las
CVE:
BOP-2024-1445
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 20 de marzo de 2024
N.º 0056
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