Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Robledillo de Gata. (BOP-2024-1439)
BOP-2024-1439 Ordenanza reguladora del Tráfico en el Casco Urbano.
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b) Los vehículos que transporten mercancías peligrosas.
ARTÍCULO 9. Circulación de Ciclomotores, Motocicletas y Ciclos.
A) CICLOMOTORES Y MOTOCICLETAS.
1. Los ciclomotores y motocicletas deberán circular sin emitir ruidos excesivos, debiendo llevar
un tubo de escape homologado y evitar los acelerones.
2. Dentro del casco urbano no podrán circular paralelamente ni entre dos vehículos de
categoría superior.
B) CICLOS.
1. Los ciclos que, por construcción, no puedan ser ocupados por más de una persona, podrán
transportar, no obstante, cuando el/a conductor/a sea mayor de edad, un menor de hasta siete
años en asiento adicional que habrá de ser homologado.
2. No se podrá circular con estos vehículos por la acera, a una velocidad máxima de 10 km/h.
teniendo preferencia siempre los/as peatones, excepto en las vías reservadas para ciclos o
vías ciclistas.
ARTÍCULO 10. Vehículos Abandonados.
1. En virtud del artículo 3 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos
Contaminados, los vehículos abandonados tienen la consideración de residuos urbanos.
2. Se presumirá racionalmente el abandono de un vehículo en los siguientes casos:
a) Cuando hayan transcurrido más de dos meses desde que el vehículo fuera
inmovilizado o retirado de la vía pública y depositado por la Administración y su titular no
hubiera formulado alegaciones.
b) Cuando permanezca estacionado por un período superior a un mes en el mismo lugar
y presente desperfectos que hagan imposible su desplazamiento por sus propios medios
o le falten las placas de matrícula.
c) Cuando recogido un vehículo como consecuencia de avería o accidente del mismo en
un recinto privado su titular no lo hubiese retirado en el plazo de dos meses.
Con anterioridad a la orden de traslado del vehículo, la Administración requerirá al/a titular del
mismo advirtiéndole/a que, de no proceder a su retirada en el plazo de un mes, se procederá a
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BOP-2024-1439
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Miércoles, 20 de marzo de 2024
N.º 0056
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