Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-1368)
BOP-2024-1368 Bases del concurso de traslado de puestos no singularizados vacantes de la Diputación Provincial de Cáceres.
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SECRETARÍA
Asuntos Generales
3. La actividad formativa se acreditará mediante la presentación de las copias de los diplomas
o certificados de aprovechamiento de los cursos de formación y perfeccionamiento realizados,
así como de aquellos cursos impartidos por el solicitante.
Séptima. Prioridad en la adjudicación de los puestos de trabajo.
1. La puntuación mínima exigida para que puedan adjudicarse las vacantes convocadas será
de 3,5 puntos.
2. El orden de prioridad para la adjudicación de las vacantes vendrá determinado por la
puntuación total obtenida según el baremo aplicable, de acuerdo con la preferencia
manifestada en la solicitud.
3. En caso de empate en la puntuación total se acudirá a lo previsto en la Base Quinta, punto
dos.
Octava. Comisión de Valoración.
1. La Comisión de Valoración estará constituida conforme a la Resolución de la Presidencia
de la Corporación de fecha 8 de febrero de 2023, o aquella que la modifique, la cual será la
competente para valorar los méritos y proponer la adjudicación del/los puesto/s de trabajo y
por tanto la resolución del concurso al órgano competente.
2. Conforme a lo dispuesto en el artículo 119.2 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función
Pública de Extremadura, en ningún caso podrán formar parte de los órganos técnicos de
valoración el personal de elección o de designación política, el personal funcionario interino,
el personal laboral o el personal eventual.
3. La Comisión de Valoración queda facultada para resolver las dudas que puedan presentarse
y para adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del concurso en
aquellos aspectos no previstos en estas bases.
Asimismo, se establece que la Comisión podrá requerir la presencia de un técnico asesor para
que informe a la misma.
En caso de empate, el Presidente de la Comisión de Valoración actúa con voto de calidad para
resolver los empates.
4. Por decisión de la Presidencia de la Comisión de Valoración, la misma podrá ejercer sus
funciones en grupos de trabajo en función de los Grupos o Subgrupos de titulación y
especialidades en el que estén integrados los puestos de trabajo convocados, estableciéndose
los medios de coordinación necesarios entre los mismos y donde, podrá haber, en cada uno de
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Este
documento
es
Copia
Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
JOSE
ALVARO
CASAS
AVILES
-
SECRETARIO
(DIPUTACION
DE
CACERES)
Firmantes:
L02000010
13/03/2024
14:47
9/15
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2024-1368
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 18 de marzo de 2024
N.º 0054
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