Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-1368)
BOP-2024-1368 Bases del concurso de traslado de puestos no singularizados vacantes de la Diputación Provincial de Cáceres.
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SECRETARÍA
Asuntos Generales
Provincial de Cáceres o el OARGT, al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de
Reconocimientos de Servicios Previos en la Administración Pública.
No se computarán los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.
1.4.- Permanencia en el puesto de trabajo: Máximo 6 puntos:
Por haber permanecido 4 años en el último puesto obtenido con carácter definitivo, se
otorgarán 3 puntos, y 0,50 más por cada año adicional.
A estos efectos, al empleado público que en la actualidad se encuentre en destino provisional
por remoción o supresión del puesto de trabajo que venía ocupando con carácter definitivo, o
bien se encuentre pendiente de reasignación de efectivos o en expectativa de destino, se le
computará el tiempo que lleva en dicha situación como de permanencia en el puesto
suprimido o en el que haya sido cesado.
2.- En caso de empate en la puntuación entre participantes, se acudirá para dirimirlo a la
otorgada a los méritos enunciados según el orden expresado.
De persistir el empate, se acudirá a la mayor antigüedad como empleado/a público/a en el
cuerpo o escala desde la que se concursa.
De continuar el empate, se aplicará el criterio de discriminación por razón de sexo a nivel de
la unidad administrativa en el que se encuentre adscrito el puesto, de forma que si en el
mismo hubiera más hombres que mujeres, se dará prioridad a estas, y viceversa. Para el
cómputo se tendrán en cuenta la totalidad de los puestos adscritos a la unidad administrativa.
En último término, será el sorteo el sistema utilizado para resolver el empate.
3.- Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación
de instancias y se acreditarán documentalmente junto con la solicitud de participación, salvo
aquellos que obren en el expediente personal del empleado público y los que se aportan de
oficio por el Área de Personal de la Diputación Provincial de Cáceres.
Sexta. Acreditación de méritos.
1. La acreditación de los siguientes méritos se realizará de oficio, mediante certificación
expedida al efecto, por el Área de Personal de la Diputación de Cáceres:
 Grado personal consolidado.
 Antigüedad en la Diputación de Cáceres
 Permanencia en el puesto de trabajo.
2. Los servicios prestados en otras Administraciones Públicas se acreditarán a través de
certificación expedida por las mismas, salvo que conste en el expediente personal.
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF201QUX0XKANA40VWVVZL9CCDRPDVJO
DIPCC-PF201QUX0XKANA40VWVVZL9CCDRPDVJO
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Este
documento
es
Copia
Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
JOSE
ALVARO
CASAS
AVILES
-
SECRETARIO
(DIPUTACION
DE
CACERES)
Firmantes:
L02000010
13/03/2024
14:47
8/15
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2024-1368
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 18 de marzo de 2024
N.º 0054
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