Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-1368)
BOP-2024-1368 Bases del concurso de traslado de puestos no singularizados vacantes de la Diputación Provincial de Cáceres.
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SECRETARÍA
Asuntos Generales
4. Cada empleado/a público/a sólo podrá presentar una solicitud en la que relacionen, por
orden de preferencia, los puestos a los que opta de los comprendidos a la convocatoria, así
como las posibles resultas que solicite, entre los puestos de trabajo que queden vacantes como
consecuencia de la adjudicación a sus titulares de un puesto en la misma convocatoria.
Las tres Resoluciones: Primera adjudicación, Resultas y reasignación de nuevos puestos a
los no fijos, en sus distintas formas previstas por la normativa reguladora, se agruparán en un
solo procedimiento y la resolución de la misma abarcará tanto la primera adjudicación, como
las resultas de la misma.
En el supuesto de que un empleado público pertenezca a más de un Cuerpo o Categoría
Profesional, podrá presentar una solicitud por cada Cuerpo o Categoría estableciendo la
preferencia entre las solicitudes.
5. Los/as solicitantes habrán de manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos
exigidos, referidos a la fecha de finalización del plazo de admisión de solicitudes. Estas
condiciones deberán mantenerse a lo largo de todo el proceso.
6. Los/as empleados/as con alguna discapacidad debidamente acreditada, podrán hacer
constar en escrito anexo a su solicitud el tipo de adaptación del puesto que necesitan, siempre
que no suponga una modificación exorbitante en el contexto de la organización o unidad.
La Comisión de Valoración podrá recabar del interesado/a, en entrevista personal, la
información que estime necesaria en orden a la adaptación deducida, así como el de los
Órganos Técnicos de la Administración competentes, respecto de la procedencia de la
adaptación y de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones del puesto o
puestos concretos.
7. Cada solicitud deberá ir acompañada de copias de la documentación acreditativa de cada
uno de los requisitos y méritos que se aleguen. En caso que resultase adjudicatario de la
misma se procederá a entregar la documentación original para confrontarla con las copias
documentación presentada.
Aquellos que obren en los expedientes personales se comprobarán de oficio por el Área de
Personal de la Diputación.
No serán tenidos en cuenta los méritos no alegados por el/la concursante, así como
aquellos cuya acreditación documental no haya sido aportada de conformidad con lo
dispuesto en la Base Quinta o los que no aparezcan fehacientemente acreditados en el
expediente personal o en expedientes de otros procedimientos distintos del regulado en la
presente convocatoria.
8. Una vez resuelta una convocatoria, si el puesto ofertado se cubre por un empleado/a
público/a, se iniciará un nuevo procedimiento de concurso con el puesto que este ocupaba "a
resultas".
9.- La presente Convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Portal
del Empleado de la Diputación de Cáceres, en un Espacio habilitado al efecto y se comunicará
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF201QUX0XKANA40VWVVZL9CCDRPDVJO
DIPCC-PF201QUX0XKANA40VWVVZL9CCDRPDVJO
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Este
documento
es
Copia
Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
JOSE
ALVARO
CASAS
AVILES
-
SECRETARIO
(DIPUTACION
DE
CACERES)
Firmantes:
L02000010
13/03/2024
14:47
5/15
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2024-1368
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 18 de marzo de 2024
N.º 0054
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