Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2024-1251)
BOP-2024-1251 Bases convocatoria para cobertura como personal laboral con carácter interino. Concurso-Oposición libre.
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Estarán exentas de pago de la tasa las personas con discapacidad igual o superior al 33 por
100. Para el disfrute de esta exención se deberá acreditar la citada minusvalía mediante la
presentación de certificado expedido por el organismo competente.
Estarán exentos de pago de la tasa los aspirantes que acrediten fehacientemente estar
desempleados durante el plazo de al menos 1 mes anterior a la fecha de publicación de la
convocatoria en el B.O.P. de Cáceres de las pruebas de acceso en las que soliciten su
participación.
La situación de desempleo se podrá acreditar, entre otros, adjuntando a la instancia informe o
certificado del SEXPE y en todo caso deberán presentar vida laboral actualizada.
Listado de personas admitidas y excluidas:
Expirado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente, en el plazo
máximo de 2 meses, dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de las
personas aspirantes admitidas y excluidas, que contendrá la relación alfabética de los/as
aspirantes admitidos y excluidos, así como las causas de exclusión y que se hará pública en el
Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, en el tablón de anuncios de la sede electrónica del
Ayuntamiento de Moraleja, https.//moraleja.sedelectronica.es y en la página web
www.moraleja.es, como en el Tablón de Anuncios.
Para ser admitido/a, se deberá haber presentado junto con la instancia de participación toda la
documentación preceptiva indicada en la base tercera. Son causas de exclusión la falta de la
documentación justificativa en vigor de la identidad del/la aspirante, de la titulación académica,
formación o carnet exigidos, del pago de la tasa por derechos de examen o bien de la
documentación acreditativa de su exención o no firmar el Anexo I (Solicitud de participación).
Sin perjuicio de cualquier otra que se pueda derivar de la concurrencia al proceso selectivo que
determine el no cumplimiento de los requisitos exigidos.
En la resolución se hará constar que los/as aspirantes cuentan con un plazo de 10 días hábiles
para la subsanación aquellos defectos que sean subsanables y posibles reclamaciones.
Asimismo, aquellos aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos
personales podrán manifestarlo en el mismo plazo.
Aquellas personas que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que motivó la
exclusión o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidas en la relación de
admitidos, serán definitivamente excluidas de la realización de las pruebas. En caso de
reclamaciones, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se apruebe la lista
definitiva, que será hecha pública en la forma que se indica a continuación.
CVE:
BOP-2024-1251
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 11 de marzo de 2024
N.º 0049
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