Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Vera. (BOP-2024-1231)
BOP-2024-1231 Modificación Ordenanza de Ayuda a Domicilio.
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valoración, cumplimentar el modelo que para dicho fin figura en la solicitud.
Para personas con nacionalidad española, copia del DNI o pasaporte de la persona
solicitante y su representante legal, en caso de que actúe a través de representante.
Para personas extranjeras, copia del pasaporte o documento de identidad vigente del país de
origen y N.I.E. de la persona solicitante y su representante legal, en caso de que actúe a
través de representante.
Copia del documento en que se otorgue la representación, y tratándose de personas con la
capacidad judicialmente modificada, de la resolución judicial en la que se adopten las
medidas de apoyo.
Si se representa a un/a menor, copia del libro de familia, del acta de nacimiento, o de la
resolución judicial de nombramiento de tutor/a o equivalente.
Si la persona solicitante es nacional de otro Estado y reside en España, copia de la tarjeta de
residencia.
Si la persona solicitante tiene reconocida algún grado de discapacidad, copia de la
documentación acreditativa expedida por el órgano competente de la Comunidad
Autónoma de que se trate.
Justificante de ingresos de la unidad familiar de convivencia, entendida esta como la
formada por la persona solicitante de la ayuda y en su caso su cónyuge o pareja de hecho,
así como los ascendientes o descendientes y demás parientes de uno u otro por
consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado inclusive: Nóminas, certificados de pensión
o certificados del SEXPE de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años.
Copia de la última declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas del
ejercicio anterior o, en su defecto, certificado de no estar obligado a realizar la declaración,
de todos los mayores de 18 años que convivan en el domicilio.
Certificado de convivencia.
Nota simple del Registro de la Propiedad de los bienes inscritos a nombre de la persona
solicitante, que podrá ser sustituida por una autorización del/a interesado/a que faculte al
Servicio Social de Base para obtenerla directamente.
Cuando el servicio lo soliciten dos o más personas de la misma unidad familiar de
convivencia, se procederá a la acumulación de expedientes. En caso de extinguirse la prestación
para cualquiera de ellas, esta podrá continuar para las restantes personas beneficiarias en tanto
sigan reuniendo las condiciones y requisitos que motivaron su concesión.
En caso de solicitarse la prestación del servicio para personas cuya estancia se reparte entre
varios domicilios, se pedirán justificantes de ingresos a las diferentes unidades familiares.
El Servicio Social de Base facilitará a todas aquellas personas que carezcan de familiares
cercanos los trámites necesarios para la obtención de la documentación y presentación de la
CVE:
BOP-2024-1231
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 8 de marzo de 2024
N.º 0048
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valoración, cumplimentar el modelo que para dicho fin figura en la solicitud.
Para personas con nacionalidad española, copia del DNI o pasaporte de la persona
solicitante y su representante legal, en caso de que actúe a través de representante.
Para personas extranjeras, copia del pasaporte o documento de identidad vigente del país de
origen y N.I.E. de la persona solicitante y su representante legal, en caso de que actúe a
través de representante.
Copia del documento en que se otorgue la representación, y tratándose de personas con la
capacidad judicialmente modificada, de la resolución judicial en la que se adopten las
medidas de apoyo.
Si se representa a un/a menor, copia del libro de familia, del acta de nacimiento, o de la
resolución judicial de nombramiento de tutor/a o equivalente.
Si la persona solicitante es nacional de otro Estado y reside en España, copia de la tarjeta de
residencia.
Si la persona solicitante tiene reconocida algún grado de discapacidad, copia de la
documentación acreditativa expedida por el órgano competente de la Comunidad
Autónoma de que se trate.
Justificante de ingresos de la unidad familiar de convivencia, entendida esta como la
formada por la persona solicitante de la ayuda y en su caso su cónyuge o pareja de hecho,
así como los ascendientes o descendientes y demás parientes de uno u otro por
consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado inclusive: Nóminas, certificados de pensión
o certificados del SEXPE de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años.
Copia de la última declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas del
ejercicio anterior o, en su defecto, certificado de no estar obligado a realizar la declaración,
de todos los mayores de 18 años que convivan en el domicilio.
Certificado de convivencia.
Nota simple del Registro de la Propiedad de los bienes inscritos a nombre de la persona
solicitante, que podrá ser sustituida por una autorización del/a interesado/a que faculte al
Servicio Social de Base para obtenerla directamente.
Cuando el servicio lo soliciten dos o más personas de la misma unidad familiar de
convivencia, se procederá a la acumulación de expedientes. En caso de extinguirse la prestación
para cualquiera de ellas, esta podrá continuar para las restantes personas beneficiarias en tanto
sigan reuniendo las condiciones y requisitos que motivaron su concesión.
En caso de solicitarse la prestación del servicio para personas cuya estancia se reparte entre
varios domicilios, se pedirán justificantes de ingresos a las diferentes unidades familiares.
El Servicio Social de Base facilitará a todas aquellas personas que carezcan de familiares
cercanos los trámites necesarios para la obtención de la documentación y presentación de la
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Verificable
en:
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Viernes, 8 de marzo de 2024
N.º 0048
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