Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2024-1215)
BOP-2024-1215 Bases para la provisión de Técnico/a Medio especialidad Urbanismo.
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Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
“NOTA al epígrafe 5º. Beneficios Fiscales:
1) Bonificaciones a favor de desempleados. Las personas que se encuentren en situación
de desempleo, debidamente inscritas en el Centro de Empleo correspondiente a la fecha de
expiración del plazo de presentación de instancias, tendrán derecho a una bonificación del 50
por 100 de la cuota prevista en el epígrafe anterior, por derecho de examen en las pruebas
selectivas para acceso a cualquier de los apartados anteriores, 1. y 2. Deberán aportar
certificación acreditativa del Centro de Empleo correspondiente
2) Beneficios fiscales a favor de personas discapacitadas. Las personas que tengan
reconocida por la Administración Pública competente un grado de discapacidad superior al 33
por 100, abonarán por su participación en pruebas selectivas a cualquiera de los apartados
anteriores 1. y 2., la cantidad de cero euros. Deberán aportar fotocopia compulsada de la
declaración administrativa de invalidez o disminución física expedida por el Organismo o
autoridad competente.
3) Beneficios fiscales a favor de funcionarios o personal laboral del Ayuntamiento de
Navalmoral de la Mata (Cáceres). Los funcionarios o personal laboral de este Ayuntamiento,
abonarán por su participación en pruebas selectivas al apartado 1., la cantidad de cero euros”.
No se considerará como desempleadas a aquellas personas que, aun figurando como
desempleadas en el Servicio Público de Empleo correspondiente, no tengan recogida su
situación de desempleo en su vida laboral.
4.3.- Únicamente procederá la devolución de los derechos de examen a las personas aspirantes
que hayan quedado definitivamente excluidas de las pruebas selectivas. A tales efectos, el
reintegro se realizará previa solicitud de la persona interesada. No se procederá a la
devolución de tasas en los supuestos de exclusión de participación en las pruebas selectivas
por causa imputable a la persona interesada.
QUINTA.- Admisión de aspirantes.
5.1.- Terminado el plazo de presentación de instancias, el Sra. Alcalde-Presidente de la
Corporación dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as, así
como la de excluidos/as y las causas que han motivado la exclusión. Dicha resolución se
publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en la página web municipal
(www.aytonavalmoral.es) y en el tablón de anuncios de la sede electrónica
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/info.0.
5.2.- Las personas aspirantes excluidas, así como las omitidas en las relaciones de
admitidos/as y excluidos/as, dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del
siguiente a la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Provincia
en la página web municipal (www.aytonavalmoral.es) y en el tablón de anuncios de la sede
electrónica https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/info.0, para subsanar los defectos que hayan
motivado su exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos/as y excluidos/as.
Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o aleguen la
omisión, justificando su derecho a ser incluidas en la relación de admitidos/as, serán
definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.
Plaza de España, 1 ■ Teléfonos: 927 53 01 00 – 927 53 01 04 – 927 53 08 04 ■ Fax: 927 53 53 60 ■ 10300 NAVALMORAL DE LA MATA ( Cáceres)
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Viernes, 8 de marzo de 2024
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