Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Garganta. (BOP-2024-1207)
BOP-2024-1207 Aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por Servicio de alcantarillado.
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En el supuesto de licencia de acometida, el/a contribuyente formulará la oportuna solicitud y los
servicios tributarios de este Ayuntamiento, una vez concedida aquella, practicarán la liquidación
que proceda, que será notificada para el ingreso directo en la forma y plazos que señalan los
artículos 60 y 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
ARTÍCULO 9. Infracciones y Sanciones.
En todo lo referente a infracciones y sanciones, será de aplicación la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria, en concreto los artículos 181 y siguientes, así como sus
disposiciones de desarrollo, según lo dispuesto en el artículo 11 el Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo.
ARTÍCULO 10. Legislación Aplicable.
En todo lo no previsto en la presente Ordenanza se estará a lo dispuesto en el Texto Refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local, la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, la Ley 8/1989, de 13 de abril, de
Tasas y Precios Públicos, así como en la Ordenanza Fiscal General aprobada por este
Ayuntamiento.
DISPOSICIÓN FINAL.
La presente Ordenanza Fiscal, que fue aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión
celebrada el día 3 de noviembre de 2023, entrará en vigor el mismo día de su publicación en el
Boletín Oficial de la Provincia y será de aplicación a partir de 1 de enero de 2024,
permaneciendo en vigor hasta que se acuerde su modificación o su derogación expresa.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cáceres, en el plazo de dos meses a contar
desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
La Garganta, 5 de febrero de 2024
Juan González Castellano
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2024-1207
Verificable
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Viernes, 8 de marzo de 2024
N.º 0048
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