Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2024-1174)
BOP-2024-1174 Aprobación definitiva del Reglamento de Régimen Interno de la Escuela Profesional Dual "Los Caños".
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tendrá derecho el empleado público hasta un máximo de quince días cuando existan
circunstancias personales que deberán ser autorizadas por la Corporación.
Las peticiones de estos permisos se concederán siempre que sean cursadas con una
antelación de, al menos cinco días, excepto en los casos impredecibles, si existiese repuesta
negativa habrá de ser motivada y comunicada a los órganos de representación de personal.
Siendo el plazo de contestación de 3 días máximo.
Los días 24 y 31 de Diciembre tienen carácter de festivo no recuperable.
NOTA: El Estatuto de los/as Trabajadores/as prevalecerá, en caso de existir alguna
discrepancia con el Reglamento de Régimen Interno y en aquellos aspectos que el reglamento
no recoja.
El Reglamento de Régimen Interno podrá ser susceptible de modificación o incorporación de
nuevas normas que sean necesarias para mejorar la convivencia.
Acuerdo de Cobertura de Vacíos.
El presente acuerdo de cobertura de vacíos procede de las coberturas de vacíos de los
Convenios Colectivos nacionales y autonómicos y se aplicará, como complemento al Estatuto
de los/as Trabajadores/as, a los/as alumnos/as trabajadores/as de Escuelas Profesionales
duales, talleres de Empleo y colaborativos Rurales, así como de cualquier otro programa donde
se suscite una relación contractual.
Esta cobertura de vacíos tipifica las faltas cometidas por los/as trabajadores/as y señala las
sanciones correspondientes.
DISPOSICIÓN ADICIONAL.
Primera: El presente Reglamento es de aplicación a todas las personas que forman parte de la
Escuela Profesional Dual “Los Caños” promovido por el Excmo. Ayto. de Navalmoral de la
Mata, estando a su disposición cualquier consulta.
DISPOSICIONES FINALES.
Primera: En lo no regulado en el presente Reglamento en materia de organización,
funcionamiento y régimen jurídico, se estará a lo previsto en la normativa específica de las
Escuela Profesional y similares.
Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la
CVE:
BOP-2024-1174
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 7 de marzo de 2024
N.º 0047
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