Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2024-1174)
BOP-2024-1174 Aprobación definitiva del Reglamento de Régimen Interno de la Escuela Profesional Dual "Los Caños".
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
ANUNCIO. Aprobación definitiva del Reglamento de Régimen Interno de la
Escuela Profesional Dual "Los Caños".
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento
sobre el Reglamento de Régimen Interno de la Escuela Profesional Dual “Los Caños”, acuerdo
del Pleno de fecha 18 de diciembre de 2023, cuyo texto íntegro se hace público en
cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO ESCUELA PROFESIONAL DUAL “LOS CAÑOS”
PREÁMBULO.
La necesidad de establecer un marco normativo que regule con carácter interno el programa de
formación profesional, denominado Escuelas Profesionales Dual, promovido por el Excmo.
Ayto. Navalmoral de la Mata que permita a los/as integrantes del mismo conocer cuáles son
sus derechos y sus obligaciones, ha originado este Reglamento de Régimen Interno de la EPD
“Los Caños.”
1. Los proyectos del Programa de Escuelas Profesionales Duales de Empleo de Extremadura
combinan el aprendizaje y la cualificación con el trabajo efectivo en actividades de utilidad
pública o interés social, junto a la adquisición de competencias básicas y genéricas, para la
mejora de la empleabilidad de las personas participantes, a través de la profesionalización, el
acompañamiento y la adquisición de experiencia, que permitan su inserción laboral.
2. Los proyectos del Programa de Escuelas Profesionales Duales de Empleo de Extremadura
tendrán una duración de doce meses, en la que el alumnado trabajador estará contratado por
la entidad promotora en la modalidad del contrato para la formación y aprendizaje. La duración
de dichos contratos de trabajo no podrá exceder de la fecha de finalización del proyecto. No
obstante, la duración máxima de la contratación del personal directivo y docente podrá
extenderse 14 días naturales más, siete días antes de su inicio y siete días después de la
CVE:
BOP-2024-1174
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 7 de marzo de 2024
N.º 0047
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