Sección I - Administración Local. Provincia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres. (BOP-2024-1146)
BOP-2024-1146 Convenio de delegación de gestión tributaria y recaudatoria con el Ayuntamiento de Jaraicejo.
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- Tasa por la prestación del servicio de Alcantarillado, tratamiento y depuración de aguas
residuales.
- Tasa por Entrada de Vehículos.
II) Recaudación en periodo voluntario y ejecutivo:
- Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
- Impuesto sobre Actividades Económicas.
- Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
- Tasa por la prestación del servicio de suministro de Agua.
- Tasa por la prestación del servicio de Alcantarillado, tratamiento y depuración de aguas
residuales.
- Tasa por Entrada de Vehículos.
III) Recaudación en periodo ejecutivo:
- El resto de Tributos (Tasas, Contribuciones especiales e Impuestos, recargos exigibles
sobre los impuestos), Precios Públicos, Multas y Sanciones y demás ingresos de
Derecho Público que deba percibir el Ayuntamiento.
Asimismo, si en el apartado I del párrafo anterior se ha delegado la Gestión Tributaria y
Recaudación del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, se encomienda también en
el O.A.R.G.T. la Gestión Censal del mismo.
SEGUNDA. CONTABILIDAD.
El O.A.R.G.T. habrá de llevar contabilidad separada, con distinción de concepto, ejercicio y año
de contraído de los créditos, tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo de
cobranza, para el Ayuntamiento.
TERCERA. CONTRAPRESTACIÓN POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
El O.A.R.G.T., como contraprestación por la prestación de los servicios objeto de este
convenio, percibirá el importe que en cada momento esté fijado en la correspondiente
Ordenanza fiscal reguladora de la TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE GESTIÓN Y
RECAUDACIÓN DE INGRESOS LOCALES DE LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE
CVE:
BOP-2024-1146
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 7 de marzo de 2024
N.º 0047
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