Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2024-1135)
BOP-2024-1135 Anuncio aprobación definitiva modificación de ordenanza.
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importe de la base imponible determinada con arreglo al método objetivo, deberá solicitar a
esta administración la aplicación del cálculo de la base imponible sobre datos reales.
Para constatar dichos hechos, se utilizarán las reglas de valoración recogidas en el artículo
104.5 del Texto Refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo debiendo aportar en este Ayuntamiento la siguiente
documentación:
Justificación del valor del terreno en la adquisición (escritura de compraventa de la
adquisición).
Justificación del valor del terreno en la adquisición (escritura de compraventa de la
transmisión).
Recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (antigua Contribución Urbana)
correspondiente al último ejercicio.
En caso de transmisiones lucrativas, recibo del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
El valor del terreno, en ambas fechas, será el mayor de:
El que conste en el título que documente la operación;
- En transmisiones onerosas, será el que conste en las escrituras públicas.
- En transmisiones lucrativas, será el declarado en el Impuesto sobre Sucesiones
y Donaciones.
El comprobado, en su caso, por la Administración tributaria.
En el valor del terreno no deberá tenerse en cuenta los gastos o tributos que graven dichas
operaciones.
El requerimiento del obligado tributario solicitando el cálculo de la base imponible sobre datos
reales deberá efectuarse aportando la documentación señalada y al tiempo de presentar la
declaración o, en su defecto, durante el periodo previsto en la legislación para plantear recurso
de reposición de la misma.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia Extremadura, con sede en Cáceres, en el plazo
CVE:
BOP-2024-1135
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 6 de marzo de 2024
N.º 0046
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