Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torreorgaz. (BOP-2024-1131)
BOP-2024-1131 Bases para la provisión de una plaza de Ingeniero/a Técnico/a en Informática de la escala Administración General mediante concurso-oposición. Turno de promoción interna horizontal.
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Ayuntamiento de Torreorgaz
Los/as aspirantes deberán aportar junto a la solicitud, copia de los documentos acreditativos
de los méritos alegados, sin necesidad de compulsa de los documentos que se presenten
fotocopiados, bastando la declaración jurada del interesado/a sobre la autenticidad de los
mismos, así como de los datos que figuran en la instancia, sin perjuicio de que, en cualquier
momento, el Tribunal Calificador o los órganos competentes del Ayuntamiento de Torreorgaz
puedan requerir a los/as aspirantes que acrediten la veracidad de las circunstancias y
documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración. Se iniciará expediente de
comprobación acerca del cumplimiento de dichos requisitos por los/as aspirantes, con trámite
de audiencia al interesado/a. El órgano convocante resolverá de forma motivada lo que
proceda.
En la Fase de concurso, el Tribunal podrá recabar de los/as interesados/as las aclaraciones o,
en su caso, la documentación complementaria que se estime necesaria para la comprobación
de los méritos alegados, pudiendo expulsar del proceso selectivo a aquellos que falseen o
modifiquen dicha documentación aportada. Todo ello sin menoscabo del cumplimiento de la
obligación de presentar la documentación acreditativa de los méritos dentro del plazo de
presentación de solicitudes.
La fecha límite para la alegación de los méritos y la presentación de los documentos relativos a
los mismos será la de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. En ningún caso se
valorarán méritos no alegados en la solicitud o no acreditados documentalmente en plazo.
Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán
subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
CUARTA. Admisión de los/as aspirantes.
Para ser admitido/a al proceso selectivo bastará con que los/las aspirantes manifiesten en sus
solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda,
referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. El cumplimiento de
estos requisitos será acreditado mediante la presentación de los documentos
correspondientes en la forma prevista en la base undécima.
Terminado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia del Ayuntamiento dictará
resolución declarando aprobada la lista provisional de los/as aspirantes admitidos/as y
excluidos/as.
La Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón
Electrónico de Anuncios local, contendrá como anexo único, la relación nominal de aspirantes
admitidos y excluidos con su correspondiente documento nacional de identidad o análogo
para los de nacionalidad extranjera e indicación de las causas de inadmisión. Asimismo, en esta
Resolución se indicarán la página web y los lugares en que se encuentren expuestas al público
las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos.
En la resolución se hará constar el plazo de subsanación de defectos que, en los términos del
artículo sesenta y ocho de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, se concede a los/as aspirantes excluidos/as. Quienes
dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a ser admitidos,
serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.
Cód.
Validación:
32XHXMD6LD9H6WKW6GWJ429FK
Verificación:
https://torreorgaz.sedelectronica.es/
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Martes, 5 de marzo de 2024
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