Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guijo de Coria. (BOP-2024-1121)
BOP-2024-1121 Bases para la provisión de una plaza de Administrativo/a de Administración General mediante Concurso-Oposición. Turno de promoción interna.
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OCTAVA: Bolsa de trabajo temporal.
No se formará bolsa de trabajo temporal.
NOVENA: Protección de datos.
Por el solo hecho de su participación en el proceso selectivo, los/as aspirantes prestan su
consentimiento para que los datos de carácter personal facilitados por ellos/as sean
incorporados al fichero automatizado “Ayuntamiento de Guijo de Coria”, salvo que los/as
aspirantes indiquen expresamente no querer que dicha información se utilice a tales efectos.
El Ayuntamiento de Guijo de Coria, como responsable del fichero mencionado, garantiza el
pleno cumplimiento de la normativa de protección de datos de carácter personal, y así, de
acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales, el/a aspirante en el presente procedimiento de selección
queda informado y presta su consentimiento para el tratamiento de los datos de carácter
personal facilitados.
El/la opositor/a podrá ejercitar respecto a sus datos de carácter personal los derechos de
acceso, rectificación, cancelación y oposición previstos en la Ley Orgánica citada, mediante
escrito dirigido al Ayuntamiento de Guijo de Coria - Provincia de Cáceres.
Asimismo, a efectos de gestión del proceso de selección para el que el/la aspirante ha
autorizado la utilización de sus datos, estos podrán ser publicados en los medios que
dictaminan las presentes bases de convocatoria, con la única finalidad del desarrollo del
proceso selectivo correspondiente.
DÉCIMA: Incidencias.
La presente convocatoria, en sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma
y de las actuaciones del Tribunal, podrá ser impugnada por los/as interesados/as en los casos
y en la forma establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse, y adoptar
resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del concurso - oposición en
aquellos aspectos no previstos en estas bases.
Para lo no previsto en la presente convocatoria será de aplicación: Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto
CVE:
BOP-2024-1121
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 5 de marzo de 2024
N.º 0045
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