Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guijo de Coria. (BOP-2024-1121)
BOP-2024-1121 Bases para la provisión de una plaza de Administrativo/a de Administración General mediante Concurso-Oposición. Turno de promoción interna.
21 páginas totales
Página
● Por cada mes de servicios prestados como contratado/a en régimen de contratación
laboral o funcionario/a interino/a, o laboral indefinido/a o funcionario/a de carrera, en el
Ayuntamiento de Guijo de Coria: 0,10 puntos por mes completo, hasta un máximo de 7
puntos.
Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Guijo de Coria se acreditarán mediante
certificado emitido de oficio por el/a Jefe/a de Personal del Ayuntamiento de Guijo de Coria,
que lo remitirá al Tribunal de Selección y a quienes hayan realizado los servicios que se
certifican.
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses. Para eso, se calculará en cada
apartado del baremo el número total de días y se dividirá entre 30, de tal manera que lo que se
valorará en cada punto será el cociente entero, despreciándose los decimales.
C) Formación: Máximo de 2,50 puntos.
Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, cuyo contenido, a juicio del
Tribunal, esté directamente relacionado con las funciones propias del cuerpo, escala y
subescala o categoría profesional a la que se opta que hayan sido convocados, impartidos u
homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros Institutos de
Administración pública o por organizaciones sindicales u otros/as agentes promotores/as
dentro del marco del Acuerdo de Formación para el empleo de las Administraciones Públicas,
Universidades y colegios profesionales.
La formación deberá ser acreditada en horas y/o créditos. No obstante cuando la duración de
las actividades formativas venga determinada en días, el Tribunal valorará 5 horas por día, de
acuerdo con criterios de proporcionalidad y siempre que se acrediten claramente los días
concretos de celebración del curso.
La formación se acreditará mediante diplomas o certificados originales o copia de los mismos.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:
- Se valorarán con 0,10 puntos cada crédito de cada uno de las actividades formativas
presentadas por los/as aspirantes, estableciéndose la equivalencia de 1 crédito con 10
horas.
- Aquellas actividades formativas que no especifiquen número de horas se valorarán con
0,05 puntos.
CVE:
BOP-2024-1121
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 5 de marzo de 2024
N.º 0045
Pág. 5004