Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2024-1089)
BOP-2024-1089 Aprobación definitiva Modificación del Reglamento del Día de la Luz.
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Se recomienda a los jinetes participantes su participación en la procesión final de la fiesta, una
vez que haya terminado las carreras y el desfile de carrozas, para mantener una tradición
asentada de la fiesta.
22. DURACIÓN DE LAS CARRERAS:
Se establece un número máximo de cuatro vueltas por caballo y jinete, terminando las carreras
de manera ordinaria, cuando se hayan producido dichas vueltas, y extraordinariamente cuando
algún imprevisto así aconseje dicha terminación, a juicio de las autoridades competentes.
23. ACEPTACIÓN DE LAS INDICACIONES DE LOS ORGANIZADORES:
Todo jinete participante deberá acatar en todo momento las indicaciones dadas por los
responsables de salida, por el controlador de salida, o las autoridades y fuerzas de seguridad
actuantes, cometiendo una infracción grave por el que podrá ser sancionado si no cumpliese tal
deber.
24. FAVORECIMIENTO DE LA FIESTA:
Todo el jinete participante deberá actuar desde las 8 de la mañana hasta que termine la
procesión final de fiesta, con una actitud de favorecer el espíritu de la fiesta mayor de Arroyo de
la Luz. Absteniéndose de realizar actuaciones que dañen la imagen de la fiesta, o que supongan
una alteración del desarrollo normalizado de la misma.
25. ACEPTACIÓN DE LAS NORMAS DEL ESTATUTO:
Todo jinete a la hora de inscribirse deberá firmar un documento por el que afirme conocer la
totalidad de las normas recogidas en este Estatuto y comprometiéndose en todo momento a
acatarlas.
26. RECUERDO DE PARTICIPACIÓN:
Todo jinete inscrito y que haya participado en las carreras del Día de la Luz, tendrá un regalo-
recuerdo de dicha participación ofrecido por el Ayuntamiento, y que cada jinete podrá recoger en
la semana siguiente a la celebración del Día de la Luz.
CVE:
BOP-2024-1089
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 4 de marzo de 2024
N.º 0044
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