Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Majadas. (BOP-2024-1064)
BOP-2024-1064 Plan estratégico de subvenciones 2024-2027.
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Los programas de subvenciones quedarán condicionados a la existencia de dotación presupuestaria
adecuada y suficiente.
Con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones o concesiones directas (convenios), deberá
efectuarse la aprobación del gasto en los términos previstos en las normas presupuestarias.
De forma previa al otorgamiento de las subvenciones, deberán aprobarse las normas o bases
reguladoras de la concesión, salvo en los casos de concesión directa previstos en la ley.
Artículo 8
El Ayuntamiento concederá subvenciones a favor de personas o Entidades privadas con la finalidad
de fomentar la realización de actividades de utilidad pública o interés social o para promover la
consecución de fines públicos atribuidos a la competencia local.
CAPÍTULO III.- OBJETIVOS, EFECTOS Y MATERIAS EN LAS QUE
SE ESTABLECERÁN SUBVENCIONES
Artículo 9
Son objetivos generales del presente Plan Estratégico los siguientes:
- Dar cumplimiento al mandato legal recogido en la Ley 38/2003, de17 de noviembre, que obliga a las
Administraciones públicas que propongan el establecimiento de subvenciones, a que, con carácter
previo, elaboren un Plan Estratégico de Subvenciones.
- Establecer y normalizar los programas de ayudas y subvenciones del Ayuntamiento de Majadas de
Tiétar.
- Mejorar y racionalizar la gestión municipal de las subvenciones.
Artículo 10
El Ayuntamiento de Majadas de Tiétar establecerá, dentro del período de este plan, subvenciones en
las siguientes materias:
-Tercera edad.
-Infancia y juventud.
-Igualdad y mujer.
-Cultura.
-Educación.
-Deportes.
El objetivo de cada una de ellas no es otro que el de que contribuir a satisfacer las necesidades y
aspiraciones de la comunidad vecinal.
CAPÍTULO IV. FINANCIACIÓN
Artículo 11
La financiación de las subvenciones que conceda el Ayuntamiento de Majadas de Tiétar se llevará a
cabo con fondos propios, con cargo al Capítulo IV de los Presupuestos de Gastos Municipales de los
ejercicios correspondientes.
Los costes previsibles para atender las previsiones del presente Plan para cada ejercicio se
determinarán en los presupuestos del correspondiente año.
CVE:
BOP-2024-1064
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 1 de marzo de 2024
N.º 0043
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