Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2024-1043)
BOP-2024-1043 Bases para la constitución de una lista de espera de Auxiliares de Atención Sociosanitaria en el domicilio, para el servicio de ayuda a domicilio del sistema para la autonomía y atención a la dependencia, para el año 2024.
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Apoyo de carácter socio-comunitario.
Ayudar, apoyar y orientar en tratamiento de médicos.
Dar pautas de conducta que favorezcan las relaciones de familia.
Acompañamiento en visitas médicas y gestiones.
Acompañamiento de día para evitar el aislamiento.
Planificación de la higiene familiar.
Formación de hábitos convivenciales.
Ayuda personal a usuarios/as que no pueden comer por sí mismos.
Apoyo en actividades de ocio.
Todas aquellas relacionadas con la ocupación.
BASE 3ª. NATURALEZA Y CARACTERISTICAS DE LOS PUESTOS.
Esta lista de espera será utilizada, en caso de necesidad, únicamente para seleccionar a
personal, con carácter temporal, para el Servicio de Ayuda a Domicilio del Sistema para la
Autonomía y Atención a la Dependencia para el año 2024, con una duración máxima hasta el
31 de diciembre de 2024.
En ningún caso, el mero hecho de pertenecer a esta lista de espera implicará derecho alguno a
obtener nombramiento o contrato laboral. El Ayuntamiento podrá ofertar las plazas a cubrir,
respetando el orden establecido en la correspondiente lista de espera creada, y pudiendo
adjudicar varias simultáneamente.
La jornada de trabajo será variable, de lunes a domingo, en función de los/as usuarios/as que
destine el Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia
(SEPAD).
El trabajo se desarrollará en Trujillo, Huertas de Ánimas, Belén, Huertas de la Magdalena y/o
Pago de San Clemente, debiendo realizar los desplazamientos por sus propios medios.
BASE 4ª. REQUISITOS DE LOS/AS ASPIRANTES.
Para ser admitido/a, los/as aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, referidos al
último día del plazo de presentación de instancias:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del/a Empleado/a Público/a.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
CVE:
BOP-2024-1043
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de febrero de 2024
N.º 0042
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