Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guijo de Granadilla. (BOP-2024-983)
BOP-2024-983 Bases para la concesión de subvenciones para apoyar a los/as progenitores con menores nacidos/as / adoptados/as durante el periodo comprendido entre 01/01/2023 y 31/12/2023 en Guijo de Granadilla.
10 páginas totales
Página


Estos programas de ayuda tiene su fundamentación normativa en las distintas normas
aprobadas en los últimos años para luchar contra la despoblación de las zonas rurales, tales
como:
Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural.
Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial de
Extremadura.
Tales subvenciones serán concedidas de conformidad con los principios de publicidad,
transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad, no discriminación y eficacia en el
cumplimiento de los objetivos fijados; todo ello de acuerdo con lo dispuesto en las Bases
reguladoras de Subvenciones del Ayuntamiento, a cuyo cumplimiento se condiciona el
otorgamiento de aquellas y conforme al contenido de la presente convocatoria.
BASE 1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
Las presentes bases tienen por objeto la concesión de ayudas económicas, en régimen de
concesión directa, a favor de la natalidad apoyando a los/as progenitores y adoptantes de Guijo
de Granadilla que durante el periodo comprendido entre el 1 de Enero al 31 de Diciembre de
2023 han tenido la situación de nacimiento o adopción de un menor en Guijo de Granadilla.
BASE 2. RÉGIMEN JURÍDICO.
2.1. Las subvenciones se regirán por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, el Real Decreto 8872006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento
de la Ley General de Subvenciones, las Bases reguladoras de Subvenciones del Ayuntamiento
de Guijo de Granadilla y las restantes normas de derecho administrativo, y, en su defecto, por
las normas de derecho privado.
2.2. La gestión de las ayudas contempladas en la presente convocatoria se sujetara a los
principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la
eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los
recursos públicos.
BASE 3. CRÉDITO PRESUPUESTARIO.
La cuantía destinada a atender estas subvenciones asciende a un importe total de dos mil
euros (2.000,00 €) del vigente presupuesto municipal, con cargo a la aplicación presupuestaria
231.480.00.
CVE:
BOP-2024-983
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de febrero de 2024
N.º 0040
Pág. 4407